Super Mensajes

También pueden acceder a fraccionamientos presentando solicitud a Sunat

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que a partir de mañana lunes 17 de mayo hasta el 30 de junio, las empresas del sector turismo con ingresos anuales que no superen las 2,300 unidades impositivas tributarias (UIT) o 10 millones 120,000 soles, podrán presentar de manera virtual las solicitudes para acogerse al Régimen de Aplazamiento y Fraccionamiento (RAF) Turismo.

La presentación de la solicitud de acogimiento al RAF – Turismo se realiza a través de Sunat Virtual, para lo cual se debe ingresar a Sunat Operaciones en Línea con el código de usuario y la clave SOL.

Luego se selecciona la opción “Solicito Fraccionamiento RAF – Turismo” y dentro de ella el Formulario Virtual 1706 – “Formulario Virtual de Fraccionamiento – RAF – Turismo”.

[Lee: Sunat: Fiscalización de cuentas será ahora desde S/30,800]

Condiciones 
La norma señala que para la presentación de la solicitud de acogimiento al RAF Turismo el solicitante debe obtener previamente la deuda personalizada, que se encuentra cargada en el formulario virtual N° 1706, y seleccionar si se acoge al aplazamiento, fraccionamiento o aplazamiento y fraccionamiento.
Es muy importante tener en cuenta que la presentación debe ser realizada en la misma fecha en que obtiene la deuda personalizada. De hacerlo en otra fecha será una causal de rechazo.
La resolución que aprueba la solicitud de acogimiento al aplazamiento y/o fraccionamiento tendrá el detalle de la deuda, el periodo, el número de cuotas con sus fechas de vencimiento, la tasa de interés y las garantías a favor de la SUNAT.
El importe de la cuota se determina en función del monto de la deuda y el número de cuotas; y en el aplazamiento será considerando el número de meses y el monto.

La entrada Sunat: Empresas de turismo podrán aplazar deudas se publicó primero en La Razón.