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Recurso fue desestimado por no haber adjuntado una copia del acuerdo que declaró intangible dicha zona de Lima.

A través de sus redes sociales, el Poder Judicial (PJ) informó que el Séptimo Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte Superior de Lima (CSL) declaró infundada la demanda de Hábeas Corpus presentada por el ciudadano Carlos Hinostroza Rodriguez contra el acuerdo del Consejo Municipal de Lima Metropolitana que declaró el Centro Histórico de Lima como zona intangible.

“El Sétimo Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró inadmisible Habeas Corpus presentado en contra del Acuerdo de Consejo N° 026 emitido por la Municipalidad de Lima Metropolitana, que declara el Centro Histórico de Lima como Zona Intangible”, dice el mensaje.

Según se puede leer en la resolución, la juez Gisela Ocaña Chalco desestimó el recurso a razón de que la parte demandante no adjuntó una copia del acuerdo cuestionado; sin embargo, dio un plazo de tres días para que dicha observación sea subsanada a fin de reevaluar la admisión de la demanda.

“El Juez le otorgó a la parte demandante el plazo de tres días a efectos de que cumpla con subsanar la omisión señalada, bajo apercibimiento de rechazarse la demanda y archivarse el expediente”, señala la Corte Superior de Justicia de Lima.

Como se recuerda, Carlos Hinostroza presentó el Hábeas Corpus el pasado lunes 20 de febrero contra la municipalidad antes mencionada y el alcalde Rafael López Aliaga por considerar que el haber declarado como zona intangible el Centro de Lima vulnera derechos constitucionales como el libre tránsito, la libertad de manifestarse y la democracia.

“Presento habeas corpus restringido, por prohibición de acceso o circulación al Centro Histórico de Lima para el desarrollo de marchas, manifestaciones y concentraciones públicas y políticas”, se lee en su demanda.

 

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