Tras librarse de ir a prisión por seis meses, el Poder Judicial (PJ) notificó al expresidente Martín Vizcarra Cornejo el fallo del juez Víctor Alcocer, quien, además, le dispuso nuevas comparecencias con restricciones.
A través de sus plataformas oficiales, la Corte Superior Nacional informó que esta tarde que ofició al exjefe de Estado y al Ministerio Público la resolución del magistrado del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria, las cuales están previstas a caducar el 4 de enero del 2026.
¿Cuáles son las medidas que deberá acatar el expresidente?
Tal como lo mencionó el juez Víctor Alcocer en la audiencia del pasado 27 de junio, las nuevas comparecencias con restricciones impuestas a Martín Vizcarra entrará en vigor del 5 de julio del 2025 al 4 de enero del próximo año, de conformidad con los artículos 287° y 288° del Código Procesal Penal.
En ese sentido, el expresidente deberá acatar las siguientes reglas de conducta: no concurrir a las embajadas y sedes diplomáticas, no establecer comunicación, ya sea directa o indirecta, con personas vinculadas o allegadas a representaciones diplomáticas y presentarse mensualmente al control biométrico y justificar sus actividades, cada 30 días ante la autoridad competente.
Del mismo modo, no podrá ausentarse del territorio nacional, salvo previa autorización judicial, también por un plazo de seis meses, de conformidad con los artículos 295° y 296° del Código Procesal Penal.