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restricciones en arequipa covid

Como cada quincena, el gobierno amplió las medidas contra la covid-19 a nivel nacional y reclasificó los niveles de alerta. En el caso de las provincias de Arequipa, estas continúan en el nivel moderado, por lo que el toque de queda se mantiene entre las 02:00 y 04:00 horas.

Estas disposiciones tienen vigencia entre el lunes 15 y domingo 28 de noviembre en la ciudad blanca y las demás provincias del país. Las medidas contra la pandemia se hicieron oficiales mediante el Decreto Supremo 168-2021-PCM, publicado el pasado 14 de noviembre en el Diario Oficial El Peruano.

En el documento también se recalcó la exigencia de la vacunación con doble dosis para los viajes interprovinciales. La medida tiene vigencia desde el último 15, para todos los mayores de 45 años, en todos los niveles de alerta. Asimismo, se anunciaron otras tres restricciones donde se exigirá la inmunización completa.

La primera se refiere a la exigencia de carnet de vacunación físico o virtual a los mayores de edad que deseen ingresar a espacios cerrados. En segundo lugar, que las empresas con más de 10 trabajadores solo podrán funcionar en forma presencial si todos sus trabajadores acreditan la inmunización completa. Y por último, que choferes y cobradores del transporte público, así como los de delivery, también deberán acreditar el mismo requisito. Las tres medidas entrarán en vigor desde el próximo 15 de diciembre.

Restricciones para las provincias de la región Arequipa, nivel de alerta moderado

Actividades en espacios cerrados:

  • Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 80%
  • Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 80%
  • Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80%
  • Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 100%
  • Casinos y tragamonedas: 50%
  • Cines y artes escénicas: 80%
  • Bancos y otras entidades financieras: 80%
  • Templos y lugares de culto: 80%
  • Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80%
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 80%
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 80%
  • Eventos empresariales y profesionales: 80%
  • Peluquería y Barberia: 60%
  • Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 60%
  • Coliseos (vacunados con 2 dosis):40%
  • Gimnasios: 60%

Actividades en espacios abiertos(respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias):

  • Artes escénicas
  • Enseñanza cultural
  • Restaurantes y afines en zonas al aire libre
  • Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
  • Baños termales al aire libre.
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
  • Eventos empresariales y profesionales al aire libre
  • Mercados itinerantes
  • Estadios deportivos (vacunados con 2 dosis): 30%

Respecto a estas disposiciones, cabe aclarar que se modificaron algunos aforos de espacios cerrados. En el caso de restaurantes y negocios relacionados con espacios superior a los 200 metros cuadrados, su aforo permitido se elevó al 100%. Mientras que aquellos de extensiones menores solo podrán acoger el 80% de su capacidad. Respecto a cines, teatros, actividades de clubes, bibliotecas y otros, se permite su funcionamiento hasta el 80% de capacidad.

Estas son las multas por no respetar el toque de queda en Arequipa

En caso se incumpla la inmovilización social obligatoria, la Policía Nacional del Perú está en potestad de sancionar al infractor. Los efectivos del orden pueden imponer una multa de 88 a 440 soles. Así lo señala el Decreto Legislativo Nº 1458. El infraccionado por recurrir la sanción ante las autoridades, siempre que esto sea debidamente argumentado.

La multa se paga ante el Banco de la Nación. Si no se hiciese en los cinco días hábiles posteriores, se quedará inhabilitado para hacer trámites ante entidades del Estado, ni acceder a los programas de ayuda económica como los bonos anunciados por el gobierno.

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La entrada Toque de queda en Arequipa: estas son las restricciones entre 15 y 28 de noviembre aparece primero en El Búho.