La Superintendencia Nacional de Salud (SuSalud) ha impuesto una sanción administrativa a la Clínica Delgado-Auna, con una multa de más de S/ 668,750, por haberse divulgado datos de salud de la artista colombiana Shakira Isabel Mebarak Ripoll, cuando se encontraba como paciente, el pasado mes de febrero.


Cabe destacar que, la divulgación de los datos relacionados a la salud de los pacientes, constituye una falta grave, de acuerdo con el Reglamento de Infracciones y Sanciones de SuSalud. 


Dicha institución enfatiza que, toda persona usuaria de los servicios de salud, independiente de su nacionalidad, seguro, y tipo de establecimiento donde se atienda, tiene derecho a ser atendido con pleno respeto de su dignidad e intimidad, con la garantía de la confidencialidad y protección de los datos referidos a su atención.

Al respecto, la Superintendencia explica que esta protección de datos incluye información sobre diagnóstico, tratamiento y condición médica del paciente, la cual no puede ser revelada sin su consentimiento previo, de su familiar responsable o representante legal.

La garantía de este derecho tiene su amparo en la Constitución Política del Perú, la Ley General de Salud, así como la Ley que establece los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud, que reconocen el derecho fundamental de toda persona a su dignidad, a la intimidad personal y familiar, así como, guardar la reserva de la información en salud. 


De igual forma, la Ley de Protección de Datos Personales, regula el adecuado tratamiento de datos personales sensibles, cuya información está relacionada a la salud de las personas, lo cual incluye el diagnóstico, tratamiento y condición médica, estableciendo que estos datos no pueden ser divulgados sin consentimiento previo de su titular.




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(FIN) NDP/ICI

Publicado: 2/7/2025