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El jueves por la noche, el Gobierno del Perú promulgó el Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM que señala que a partir del 10 de diciembre es obligatorio presentar el carné virtual o físico de vacunación contra la coronavirus para ingresar a espacios cerrados.

A partir del 10 de diciembre de 2021, en los cuatro niveles de alerta, los mayores de 18 años que deseen ingresar a los locales donde se desarrollan las actividades económicas y de culto que se brindan en los espacios cerrados (…) tienen que presentar su carné físico o virtual que acredite haber completado, en el Perú y/o el extranjero, su esquema de vacunación contra la COVID-19”, indica la norma.

¿Para ingresar a qué lugares las personas deben presentar su carné de vacunación?

  • Centros comerciales
  • Galerías comerciales
  • Tiendas por departamento
  • Tiendas en general
  • Conglomerados comerciales
  • Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad
  • Supermercados
  • Mercados
  • Bodegas
  • Farmacias
  • Restaurantes y afines
  • Casinos
  • Tragamonedas
  • Cines y artes escénicas
  • Bancos y otras entidades financieras
  • Templos y lugares de culto
  • Bibliotecas
  • Museos
  • Centros culturales
  • Galerías de arte
  • Actividades de clubes
  • Asociaciones deportivas
  • Eventos empresariales y profesionales
  • Peluquería
  • Barberia
  • Spa
  • Baños turcos
  • Sauna
  • Baños termales
  • Coliseos
  • Gimnasios

Asimismo, desde el 10 de diciembre, las personas que trabajen de forma presencial tendrán que contar con el esquema completo de vacunación contra la COVID-19.

Por otro lado, los conductores y cobradores de todo servicio de transporte público y también los que brindan el servicio de delivery) solo podrán operar si acreditan que se encuentran inmunizados con la pauta completa.

Finalmente, en la norma también se señala que los pasajeros (mayores de 18 años) del servicio de transporte aéreo nacional solo podrán abordar si acreditan su dosis completa de vacunación o presentan una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar.