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Las administradoras de fondos de pensiones (AFP) solo podrán cobrar comisión condicionado a la rentabilidad obtenida a favor de los afiliados, y ya no un monto fijo, por administrar los fondos pensionarios de los afiliados. Incluso, no podrá cobrar su la ganancia del fondo es negativa.

Así plantea el proyecto de ley, sustentado por el congresista José Luna Gálvez, como autor del proyecto, ante la Comisión de Economía.

El proyecto plantea una ‘Ley que regula el cobro de la retribución en el Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, sujetas al desempeño y rentabilidad a favor del afiliado”.

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El parlamentario de Podemos Perú explicó que “los esquemas de comisión aplicados en el Perú han permitido a las AFP hacerse de millonarias ganancias, sin importar si el afiliado está cotizando al sistema o si el producto de las inversiones sea positivo o negativo para los afiliados”.

“En otros términos, que el mecanismo de retribución responda a un criterio de eficiencia y justicia, en donde las AFP se vean compensadas cuando logren una rentabilidad real a favor del afiliado y, a la vez, modere las retribuciones que se pagan a estas empresas, de acuerdo con parámetros técnicos establecidos por la SBS”, explicó.

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