El Ministerio de la Producción (Produce) estableció el Límite Máximo Total de Captura para Consumo Humano Directo del recurso anchoveta para el año 2025 en 150,000 toneladas, correspondiente a todo el litoral peruano y que será aplicable a las actividades extractivas artesanales y de menor escala.


Mediante Resolución Ministerial Nº 000235-2025-PRODUCE, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se dispuso que el Límite Máximo Total de Captura para Consumo Humano Directo del recurso anchoveta se distribuye de la siguiente manera:

- Primer periodo, desde el 1 de enero hasta el 31 de julio del 2025, será de 75,000 toneladas.

- Segundo periodo, desde el 1 de agosto hasta el 31 de diciembre del 2025, será de 75,000) toneladas.

Las capturas del recurso anchoveta efectuadas en el marco del adelanto del Límite Máximo Total de Captura para Consumo Humano Directo, son descontadas de lo establecido en la presente norma.




La cantidad no extraída del Límite Máximo Total de Captura para Consumo Humano Directo del recurso anchoveta en el período desde el 1 de enero hasta el 31 de julio del 2025, se acumula al periodo comprendido desde el 1 de agosto hasta el 31 de diciembre del presente año.

El Límite Máximo Total de Captura para Consumo Humano Directo del recurso anchoveta puede ser modificado en función al seguimiento permanente que realiza el Instituto del Mar del Perú (Imarpe),a efectos de garantizar el abastecimiento para el procesamiento pesquero respectivo.

Las actividades extractivas y de procesamiento del recurso anchoveta respetan las medidas de ordenamiento y conservación previstas en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta para Consumo Humano Directo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2017-PRODUCE.


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(FIN) CNA

Publicado: 8/7/2025