El congresista fujimorista Alejandro Aguinaga cuestionó al ministro de Justicia, Aníbal Torres, por su exposición.
El congresista fujimorista Alejandro Aguinaga creyó que el motivo de vacancia por incapacidad moral permanente, trata de criterios objetivos y no subjetivos. Este punto está plasmado actualmente en la Constitución. Por ello, en la Comisión de Constitución el ministro de Justicia, Aníbal Torres, solicitó que esta modalidad sea erradicada o modificada.
En conversaciones con la prensa, el congresista, miembro de la Comisión de Constitución, indicó que, si bien la medida de incapacidad mental contesta a criterios “objetivos”, lo mismo pasa con la incapacidad moral permanente. Esta está vigente en el proyecto de reforma constitucional lanzada por el Poder Ejecutivo
“El ministro de Justicia quería llevar el tema de la vacancia a incapacidad mental y sacar la de incapacidad moral”. Luego de esto, Aguinaga dijo, “precisó y empezar a hablar de temas subjetivos y objetivos. Es cierto, los problemas mentales son objetivos porque es comprobable, pero el problema de la incapacidad moral está relacionado o refleja la conducta que tiene un mandatario para ejercer tan alto cargo, que también es objetivo”, aseveró.
El martes pasado, el ministro de Justicia, Aníbal Torres, explicó al frente de la Comisión de Constitución del Congreso la iniciativa de reforma constitucional del Ejecutivo acerca de la vacancia presidencial y la cuestión de confianza. El ministro inició su participación definiendo que “no se puede interpretar la Constitución al margen de la realidad social”.
“¿Qué es lo que ha determinado que en el quinquenio anterior en el Perú tengamos cinco presidentes y qué es lo que ha generado que se declare la disolución del Congreso en una oportunidad en esos cinco años? Lo que ha determinado eso son dos figuras que están consagradas en la Constitución: la cuestión de confianza y la vacancia”, comentó.
“Eso nos ha mantenido durante cinco años en una situación de absoluta inseguridad, de ingobernabilidad, donde se ha hecho prevalecer intereses privados, intereses particulares, sobre el interés de la Nación y eso es lo que queremos resolver con este proyecto. La Constitución en su artículo 117 consagra un régimen presidencial”, precisó.
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