CONOZCAN TODOS LOS CRONOGRAMAS OFICIALES QUE SALIERON PUBLICADOS EN EL DIARIO EL PERUANO
Hay modificaciones en el Cronograma Anual Mensualizado para el pago de las remuneraciones y pensiones en la Administración Pública (incluidas las de la Ley 20530),así como de las Pensiones correspondientes al Decreto Ley Nº 19990, financiadas con cargo al presupuesto institucional de la Oficina de Normalización Previsional, a aplicarse durante el Año Fiscal 2025, de acuerdo a la Resolución Viceministerial N° 0003-2025-EF/11.01 publicada en el diario El Peruano.
De esta manera dicho cronograma de pagos, publicado en el Diario Oficial El Peruano con la Resolución Viceministerial Nº 005-2024-EF/11.01, ha sido actualizado. Ahora, hasta el mes de diciembre, las fechas para todos se mantienen excepto para los jubilados que reciben sus pagos por la Ley 20530.
Si bien no se han anunciado nuevas fechas, sí se han movido a fechas más cercanas a entidades que antes cobraban en otros días. Esto implica que algunos sectores tendrán nuevas fechas para cobrar, ya que lo que se ha hecho es mover a quiénes se paga, lo que significa que se le han adelantado los días que cobran.
Cabe precisar que en el mes de julio los pensionistas de la Ley 19990 cobran el bono de una pensión adicional (gratificación); en tanto que los de la Ley 20530, reciben un bono de 300 soles como concepto del aguinaldo de Fiestas Patrias.
Estos son los cambios en julio, agosto y setiembre para los de la Ley 20530:
Viernes 11 de julio, jueves 14 de agosto y jueves 11 de setiembre: Ministerio de Educación (incluye Universidades),Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerio de Transporte y Comunicaciones, Ministerio de Defensa, Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Justicia, Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales, Contraloría General de la República, Congreso de la República, Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, Ministerio de Energía y Minas, Defensoría del Pueblo, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Ministerio de Relaciones Exteriores, Oficina Nacional de Proceso Electorales, Junta Nacional de Justicia, Jurado Nacional de Elecciones y Tribunal Constitucional.
Lunes 14 de julio, viernes 15 de agosto y viernes 12 de setiembre: Ministerio del Interior, Ministerio Desarrollo e Inclusión Social, y Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento.
Martes 15 de julio, lunes 18 de agosto y lunes 15 de setiembre: Ministerio de Salud, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ministerio de Cultura, Ministerio del Ambiente, y Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Miércoles 16 de julio, martes 19 de agosto y martes 16 de setiembre: Ministerio de la Producción y Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
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Ley 19990
Asimismo, en el caso de los jubilados 19990, que reciben su pensión en la modalidad de abono en cuenta de ahorro, se mantienen sus fechas de pago.
En el caso de la 19990 en los meses de julio, agosto y setiembre recibirán sus pagos en las siguientes fechas:
- Lunes 7 de julio, viernes 8 de agosto y viernes 5 de setiembre: los pensionistas con apellidos paternos de A a C.
- Martes 8 de julio, lunes 11 de agosto y lunes 8 de setiembre: los pensionistas con apellidos paternos de D a L.
- Miércoles 9 de julio, martes 12 de agosto y martes 9 de setiembre: los pensionistas con apellidos paternos de M a Q.
- Jueves 10 de julio, miércoles 13 de agosto y miércoles 10 de setiembre: los pensionistas con apellidos paternos de R a Z.