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Cara: autoridades recuperan de forma pacífica terreno invadido de zona arqueológica

Esta mañana se recuperó de forma pacífica, luego de 10 años de intensas gestiones y trabajo indesmayable, más de cuatro hectáreas de terreno en la zona arqueológica monumental de Caral-Chupacigarro, ubicado en la provincia de Barranca, informó el Ministerio de Cultura.

AndinaPor:Andina1 de julio, 2022 4 minutos
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Esta mañana se recuperó de forma pacífica, luego de 10 años de intensas gestiones y trabajo indesmayable, más de cuatro hectáreas de terreno en la zona arqueológica monumental de Caral-Chupacigarro, ubicado en la provincia de Barranca, informó el Ministerio de Cultura.


La diligencia judicial se ejecutó muy temprano, pasadas las 07:00 horas. Según el Ministerio de Cultura, este desalojo se realizó de manera pacífica, salvaguardando la integridad de todas las personas que se encontraban en el lugar. De esta manera se intervino el área material en más de cuatro hectáreas, donde los posesionarios de lugar tenían una serie de plantaciones.

El operativo estuvo a cargo del jefe de la División Policial de Barranca, Concepción Loayza Rugel, acompañado de las Unidades de Servicios Especiales de la División Policial de Barranca; así también participaron el procurador del Ministerio de Cultura, Henmer Alva Neyra, el juez Marcos Salazar Culantres y el abogado de la Zona Arqueológica de Caral, Kaleb Navarro Pacora.


Fueron un total de 356 efectivos policiales quienes participaron de la intervención, sin hacer uso de la fuerza. Las plantaciones fueron retiradas y los posesionarios del lugar, abandonaron el terreno, haciendo caso a la orden judicial.

Al respecto, el Procurador del Ministerio de Cultura, Henmer Alva, señaló que, “hemos realizado una diligencia judicial de lanzamiento, para que se restituya el terreno dentro de la poligonal de la Zona Arqueológica de Caral. Es un mandato judicial que ordenó se restituya a favor del ministerio el terreno”. 

“Hemos logrado erradicar la zona arqueológica, donde estaban sembrando plantas. Este proceso se inició en 2012 y ahora hemos dado cumplimiento a la sentencia, de manera pacífica, gracias a la participación de la Policía Nacional, la Procuraduría General del Estado, el Ministerio de Cultura. El terreno ya se ha puesto a disposición de la Zona Arqueológica de Caral. Ellos ya realizarán las medidas pertinentes para su protección y conservación”, expresó el procurador.

Luego de la intervención, se procedió a la tala de los sembríos en las más de 4 hectáreas pertenecientes. También se firmaron las actas y se procederá a elaborar el informe respectivo que será entregado al Ministerio de Cultura.

El Ministerio de Cultura resaltó que desde que asumió el sector, el ministro Alejandro Salas, se planteó como objetivo recuperar Caral y "en apenas cuatro meses, consiguió esto, sin el uso de la fuerza", subrayó.

Proceso de lanzamiento


La propiedad había sido tomada por Alejandro Ramón Solís Saavedra, en un terreno ubicado en el Sitio Arqueológico Caral - poligonal de delimitación del Sitio Arqueológico Caral, de una extensión de 4.735 hectáreas, que se encuentra inscrito a favor del Ministerio, en la Partida Electrónica n° 80027096.

Desde el primer momento, el Ministerio de Cultura realizó una serie de gestiones para lograr la restitución de la propiedad en el Sitio Arqueológico. Estas se iniciaron el 16 de abril de 2012, cuando la Procuraduría del Ministerio interpuso demanda contra Alejandro Ramón Solís Saavedra para que restituya la posesión y propiedad del terreno.


Luego, mediante Resolución del 20 de julio de 2012, el Primer Juzgado Civil de Barranca admitió a trámite la demanda y 3 años después, por resolución del 26 de mayo de 2015, expidió sentencia declarando fundada la demanda y ordenando al demandado "Desocupar y entregar el terreno".

Sin embargo, los demandados interpusieron una serie de pedidos, buscando evitar el desalojo. Todos estos fueron denegados por las autoridades. Pero, el desalojo no se pudo realizar en 2020 debido a las medidas sanitarias por la pandemia de covid-19.

Posteriormente, el 15 de setiembre de 2021, la Procuraduría del Ministerio, solicitó, nuevamente, realizar el lanzamiento, considerando circunstancias como el proceso de vacunación, reducción contagios y fallecimientos, entre otros. En un inicio, el desalojo fue programado para el 7 de enero de 2022. Ese día se llevó a cabo la diligencia de lanzamiento, pero fue suspendida por no contar con garantías de seguridad, concediendo al demandado plazo hasta el 31 de mayo de 2022, para que entregue pacífica y formalmente el predio.

Llegada la fecha límite acordado, se verificó que el demandado no cumplió con presentar ningún escrito por el cual se formalice la entrega del predio al Ministerio de Cultura. Por lo que, la procuraduría, el 01 de junio de 2022, solicitó al juzgado se ordene el lanzamiento – a la brevedad posible – del demandado, así como de otros ocupantes.

Finalmente, el 23 de junio de 2022, el Juzgado ordenó proceder a la ejecución del acto del lanzamiento del demandado y de todas las personas que se encuentran ocupando el predio. Este proceso se cumplió esta mañana, luego que el Ministerio de Cultura, a través de su procuraduría, realizara diversas gestiones para que se ejecute la sentencia, de manera pacífica. 

Patrimonio Mundial


El área es un sitio arqueológico declarado Patrimonio Cultural de la Nación en 2002, por Resolución Directoral Nacional N° 720/INC, ratificada con Resolución Viceministerial N° 256-2011-VMPCIC-MC del 3 de marzo de 2011, inscrito en la Lista de Patrimonio Mundial por la UNESCO durante la convención del Centro de Patrimonio Mundial, realizada en junio de 2009 (Decisión 33 COM 8B.38),por su valor universal excepcional que resulta de la expresión material de sociedades andinas prehispánicas que ocuparon este territorio hace 5000 años, forjando el centro de civilización más antiguo de América.

Se recuerda a la ciudadanía que, los sitios arqueológicos son propiedad del Estado. Los monumentos son intangibles, inalienables e imprescriptibles. De acuerdo al Código Penal, la alteración y/o destrucción de un sitio arqueológico es calificada como Delito contra el Patrimonio Cultural de la Nación, y se encuentra bajo pena privativa de libertad y pena de multa como sanción administrativa.

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(FIN) NDP/MAO

Publicado: 1/7/2022

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