Se trasciende Manipulación y errores en las elecciones para la presidencia de la FDPB.

 

Una serie de graves infracciones normativas ha cometido el Comité Electoral de la Federación Deportiva Peruana de Bádminton (FDPB),en el marco del proceso electoral convocado para el periodo 2025–2028, el cual presenta vicios que comprometen su validez, legalidad y legitimidad. Asimismo, se pone en evidencia que uno de los integrantes del Comité Electoral, el Sr. Rafael Gustavo Parra Perea, ya ha sido denunciado ante el Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deporte (CSJDHD) y el Colegio de Abogados, por su participación en un proceso electoral anterior (noviembre de 2024) que fue rechazado expresamente por el Instituto Peruano del Deporte (IPD) por contravenir el estatuto de la FDPB. Es importante mencionar que el señor Oscar López Dolz Madueño preside el Comité Electoral.

Las irregularidades identificadas son: Modificación extemporánea del Reglamento Electoral (30 de junio de 2025) Mediante comunicación remitida por el Comité Electoral el 30 de junio de 2025 a las 7:21 p. m., se informó la modificación del artículo 5° del Reglamento Electoral. El nuevo texto establece lo siguiente: “EL COMITÉ deberá correr traslado de las tachas al presidente de la lista de candidatos emplazada el 30.06.25, por correo electrónico. Una vez notificado de la tacha, la lista postulante en el mismo día tendrá para presentar la absolución de las tachas durante el horario de 09:00 a 22:00 horas al correo electrónico [email protected]”. Este documento fue suscrito únicamente por Oscar Rafael López Dolz (presidente) y Rafael Gustavo Parra Perea (secretario),no contando ya con la firma del Vocal del Comité Electoral, Sr. Héctor Renzo Carrera Dongo, lo cual refleja una pérdida de consenso interno o posible desacuerdo con la medida adoptada.

Otra irregularidad ha sido la tacha a la Lista N.º 01. El artículo 5° del Reglamento Electoral exige que la tacha sea notificada directamente al presidente de la lista emplazada, a fin de garantizar el ejercicio del derecho de defensa. La tacha fue enviada inicialmente a las 12:07 p. m. al correo de [email protected], y recién a las 17:29 horas se notificó al correo correcto del presidente de la lista, fuera del horario de defensa (09:00 a 17:00 horas). Es decir, la tacha fue notificada de manera extemporánea y por una vía distinta a la establecida en el reglamento, vulnerando el derecho de defensa y afectando el principio de legalidad del proceso.

Entre los errores flagrantes ha sido la Admisión de una tacha extemporánea: El Reglamento Electoral establece que las tachas deben presentarse el 29 de junio de 2025 entre las 09:00 y 17:00 horas. Sin embargo, el archivo digital “TACHA A LA LISTA 1.pdf” fue creado a las 17:27:24 horas, según sus metadatos.El artículo 3 del Reglamento Electoral establece que las listas deben presentar en archivo PDF los documentos que acrediten el cumplimiento de requisitos legales (conforme a la Ley N.º 30474 y la Directiva N.º 004-2013-IPD/DINADAF),los cuales deben ser remitidos a las bases junto con la publicación de listas.

La Lista Nº 1 es conformada por: Arturo Davies Alban – presidente, Mario Cuba Rodríguez – vicepresidente, Juan Milton Gonzales Benites – secretario, Iván Waslli Solís – Tesorero, Ricardo Jose Dennery Alvarado – Vocal 1, Uichiro Carlos Alberto Kuroki Guillen – Vocal 2, Katherine Winder Cochella – Vocal 3, Luis Alberto Araujo Salinas – Vocal 4. Y la Lista Nº 2 está conformada por Ignacio Luis Argüelles Salazar – presidente, Claudia Rivero Modenesi – vicepresidente Oscar Javier Quiroz Ibáñez – Tesorero, Juan Alberto Munar Mainetto – secretario (Fundador de ADA y generador de la campaña más sucia – mediáticamente – en el deporte peruano),Valeria Rivero Modenesi – Vocal, Karen Melissa Castillo García – Vocal, Victoria Alisson Bernales Pinedo – Vocal, Juan Diego Ugaz Heudebert – Vocal y Raúl Jara Tacora – Vocal