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Atención. Este miércoles, se publicó la Ley N° 31448 que declara de interés nacional el mejoramiento y ampliación de los servicios destinados a la habilitación y rehabilitación de las personas con discapacidad.

De igual forma, se declara de interés nacional la promoción del acceso de las personas con discapacidad a dichos servicios en forma oportuna y sin discriminación, a fin de mejorar su salud física y mental.

La ley figura en la edición de hoy del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

En los establecimientos de salud a cargo del Ministerio de Salud, de los gobiernos regionales, EsSalud, del Ministerio del Interior y del Ministerio de Defensa, el mejoramiento y ampliación de los servicios de salud se sujetarán a la disponibilidad presupuestal de los respectivos pliegos, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.

En esa línea, los ministerios de Salud y de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a través del Consejo Nacional de Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis),según corresponda, aprobarán o adecuarán los respectivos instrumentos normativos a fin de cumplir con el objetivo de la declaratoria establecida en esta ley.

DATO

La ley publicada lleva la rúbrica del presidente Pedro Castillo, del jefe del Gabinete Ministerial, Aníbal Torres; de la titular del Congreso, María del Carmen Alva, del segundo vicepresidente del Parlamento, Enrique Wong.

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