Los gastos en servicios turísticos, servicios de artesanos o actividad artesanal, sustentados en recibos por honorarios electrónicos o boletas de venta electrónicas, también pueden ser parte de la deducción adicional del Impuesto a la Renta (IR) a favor de los trabajadores en planilla e independientes, recordó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).