El Congreso de la República publicó hoy la ley que establece medidas para la lucha efectiva contra la criminalidad a fin de garantizar la seguridad ciudadana.


Esta medida se oficializa a través de la Ley Nº 32386, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. 

El objeto de la ley es establecer medidas para la lucha efectiva contra la criminalidad a fin de garantizar la seguridad ciudadana, disponiendo medidas extraordinarias de fortalecimiento institucional y modernización operativa, optimizando los recursos públicos, agilizando procesos operativos y priorizando la protección de los derechos fundamentales de la ciudadanía, con enfoque en resultados medibles y mediante la coordinación multisectorial.

En tal sentido, se exonera, excepcional y temporalmente al Ministerio del Interior, de la aplicación de los numerales 9.5, 9.6, 9.8 y 9.10 del artículo 9; del numeral 11.3 del artículo 11 y del literal a) del artículo 33 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025. 

Asimismo, se exonera excepcional y temporalmente al referido ministerio del numeral 4 del párrafo 48.1 del artículo 48 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Además, señala que las modificaciones presupuestarias que se efectúen solo se orientan al Programa Presupuestal 0030 “Reducción de delitos y faltas que afectan la seguridad ciudadana, con la finalidad de optimizar la gestión del sector y enfrentar el estado de emergencia decretado por la inseguridad ciudadana.

De igual modo, se autoriza la intervención inmediata y oportuna del Ministerio del Interior, de los gobiernos regionales y de los gobiernos locales para que, durante el estado de emergencia, realicen las contrataciones de bienes y servicios para la ejecución de acciones urgentes e inmediatas.

También, se dispone una entrega económica para el personal policial, autorizado por la Ley que autoriza el otorgamiento de una entrega económica para el personal policial que de forma voluntaria preste servicios de patrullaje a pie, patrullaje motorizado y operaciones focalizadas de investigación en el marco de la lucha contra la delincuencia común y la inseguridad ciudadana.

Por último, se dispone que la Secretaría General del Ministerio del Interior, en coordinación con la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú, realice una evaluación del estado situacional del sector, en un plazo de 90 días hábiles, debiendo emitir una propuesta de reestructuración.

(FIN) JCC

Más en Andina:

Publicado: 14/6/2025