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Este martes, el Poder Ejecutivo publicó, en el diario oficial El Peruano, el reglamento para el retiro del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

De acuerdo al Decreto Supremo Nº 010-2021-TR, del Ministerio de Trabajo, detalla que el trabajador puede realizar retiros, totales o parciales, del monto disponible en su respectiva cuenta de depósito.

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¿Quiénes pueden solicitarla?

Es importante recordar que no todos los trabajadores cuentan con una CTS, ya que esta es exclusiva de aquellos que se encuentren en planilla. Dicho esto, el interesado podrá solicitar que la transferencia se realice a cualquiera de sus cuentas, independiente a si en la elegida recibe normalmente el pago de sus remuneraciones.

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¿Cuánto debo esperar para retirarla?

Si desea extraer su CTS, puede hacerlo desde hoy hasta el 31 de diciembre de este año. Recuerde que una vez que la solicite, la transferencia deberá realizarse en un plazo no mayor de dos días hábiles.

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