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“Declarar infundadas las excepciones de incompetencia y transacción antes mencionadas; fundada la excepción de caducidad”, resolvió el 31 Juzgado Civil de Lima, ante un pedido de la procuradora del caso Lava Jato, Silvana Carrión.

Según la resolución del juez Ulises Oscátegui, la Concesionaria Interoceánica Sur Tramo 2 S.A. y el empresario Jaime José Valles ya no tendrán que pagar una eventual reparación civil. Se pretendía anular un arbitraje por medio de una nulidad de cosa juzgada fraudulenta.

Carrión había pedido aplicar esta figura al laudo arbitral emitido el 3 de febrero de 2014, por los árbitros de la Cámara de Comercio de Lima, ya que en años recientes se tuvo información de que los responsables habrían sido sobornados por Odebrecht.

“Procuraduría pretende obtener un resarcimiento adicional a través de la reapertura del arbitraje; pues si se declara nulo el laudo arbitral se procedería a reabrir el proceso de arbitraje”, señala la resolución de Oscátegui.

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El problema para la abogada del Estado es que toda posibilidad de cobrar reparación civil por la IIRSA Sur no puede ir más allá del Acuerdo de Beneficios y Colaboración Eficaz del 15 de febrero de 2019 (homologado el 17 de junio de ese año),el cual ella apoyaba. Ese documento contempla no más de 610 millones de soles, contando intereses.

Silvana Carrión actuó tras pedidos de la Fiscalía

A pesar de que el escándalo había salido en la prensa desde el 2018, Carrión actuó recién cuando la Fiscalía hizo sus pedidos en junio del 2019. Los seis meses de plazo acabaron el 19 de enero de 2020, y demandó el 5 de febrero de ese año.

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