Huancayo: Juzgado Militar Policial dispone 6 meses de prisión preventa a miembros de Ejército por violación de consigna y desobediencia
El Juzgado Militar Policial N°16 de Huancayo, a cargo del Teniente Coronel EP César Vera Barnuevo, declaró fundado el pedido de prisión preventiva por el plazo de 6 meses para el Sargento EP José López Tineo y el Cabo EP Airton Arias Limaymanta, los cuales fueron identificados como los responsables de un video en el The post Huancayo: Juzgado Militar Policial dispone 6 meses de prisión preventa a miembros de Ejército por violación de consigna y desobediencia appeared first on Diario Expreso.
El Juzgado Militar Policial N°16 de Huancayo, a cargo del Teniente Coronel EP César Vera Barnuevo, declaró fundado el pedido de prisión preventiva por el plazo de 6 meses para el Sargento EP José López Tineo y el Cabo EP Airton Arias Limaymanta, los cuales fueron identificados como los responsables de un video en el cual se realizan arengas políticas a favor de un candidato presidencial.
La medida, solicitada por el Fiscal Militar Policial Capitán SJE Rudi Barja Daga, se da en el marco del inicio de las investigaciones por los presuntos delitos de violación a la consigna y desobediencia en los que habrían incurrido los miembros del Ejército que prestaban servicios en la localidad de Yanabamba, distrito Santo Domingo de Acobamba – Huancayo.
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Según el artículo 99 del Código Penal Militar Policial menciona que el militar o policía que cumpliendo funciones de centinela o vigía, o designado para cubrir algún servicio de seguridad, viola sus obligaciones o la consigna recibida, o se embriaga durante el servicio, siempre que atente contra el servicio, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años y sesenta a noventa días multa.
Asimismo, en el artículo 117 señala que si la autoridad mencionada omite intencionalmente las disposiciones contenidas en las leyes, reglamentos o cualquier otro documento que norma las funciones de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, siempre que atente contra el servicio, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cinco años.
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