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Por flagrante delito contra el Nuevo Código Procesal Constitucional para impedir que el Congreso elija al nuevo defensor del Pueblo (al demorarse cuatro meses más del plazo que estipula la ley),el juez John Paredes Salas fue denunciado ante la Fiscalía penal de turno.

Miguel Ángel Soria, excandidato a reemplazar a la interina Eliana Revollar, señaló que el titular del Tercer Juzgado Constitucional de la Corte de Justicia de Lima ha incurrido en omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales.

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Código penal

El 31 de mayo de 2022, el Sindicato Único de Trabajadores de la Defensoría interpuso demanda de amparo, y el 8 de junio Paredes ordenó al Parlamento paralizar el proceso mientras se pronunciaba sobre el pedido.

El magistrado fijó audiencia única para el 18 de julio, pero la reprogramó para el 7 de septiembre. El artículo 12 del Nuevo Código Procesal Constitucional otorga un plazo indefectible de diez días hábiles para concluir el caso, pero llegó el 21 de septiembre, y no lo hizo.
Esto es sancionado por el artículo 377 del Código Penal con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con treinta a sesenta días-multa, además de una eventual inhabilitación en el Estado.

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Paredes se hizo conocido por impedir que el Colegio de Abogados de Lima elija a su representante ante el Jurado de Elecciones durante dos años. (Por César Rojas)

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