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El Poder Judicial ordenó la emisión y entrega del Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derecho (CERAD) al exafiliado del Fonavi, Medardo Vílchez Cuba, previo cálculo de la devolución de aportes que le corresponderá, a través de la resolución del expediente 06690-2019-0-1801-JR-DC-02. Además, de cumplir con el pago al exafiliado.

De esta manera, la jueza del Segundo Juzgado Constitucional Transitorio de Lima, Elizabeth Salas Fuentes, falló a favor del proceso de cumplimiento que interpuso Vílchez Cuba contra la anterior Comisión Ad Hoc.

“Se resuelve: Declarar fundada la demanda de acción de cumplimiento interpuesta por don Medardo Vílchez Cuba contra la Comisión Ad Hoc de la Ley N°29625 – Ley de devolución de dinero del Fonavi y al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi)”, se observa en el escrito.

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En ese sentido, exigen que se “cumpla” con la enpagotrega del CERAD, “debiendo informar el valor actualizado de las aportaciones”.

Para Jorge Milla, nuevo miembro de la Comisión Ad Hoc, el Ejecutivo “tiene una razón más para acatar el reembolso”, que se garantizó mediante la nueva Ley N°31173 que aprobó por insistencia y promulgó el Congreso de la República y que también es parte de una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC),la cual fue interpuesta por el gobierno del expresidente Francisco Sagasti.

“El presidente Pedro Castillo debe cumplir con el pago del Fonavi porque el Poder Judicial está ordenando la emisión de los CERAD”, enfatizó Milla.

Una sentencia más a favor

Cabe precisar que, en julio de este año, el PJ falló a favor de la ciudadana Otilia Salas López para que el Estado le devuelva sus aportes al Fonavi, dejando un precedente que se puede utilizar para el cumplimiento de la ley, opinó Milla. “Por analogía y bajo el precepto jurídico de igualdad ante la ley, ‘donde existe la misma razón, existe el mismo derecho’”, subrayó el vocero.

El dato

Milla añadió que el Congreso de la República debe aprobar por insistencia el proyecto de ley N°7898 para derogar el Decreto Supremo N°090-2021-PCM, el cual obstaculiza la oficialización y trabajo de la Comisión Ad Hoc.

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