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Atención. En entrevista para Exitosa, la abogada penalista Romy Chang, explicó que en el caso del empresario que embistió y mató a dos ladrones, que lo habían asaltado en Chanchamayo, sí podría recibir una pena privativa de acuerdo al código penal, ya que no se trataría de una acción en defensa personal.

En declaraciones para el programa Las Cosas por su Nombre de Exitosa, Romy Chang explicó que en este caso no se aplicaría la acción como defensa personal porque no fue inmediata, sino se habría hecho para recuperar el dinero posteriormente al acto.

“Si bien el ordenamiento nos permite defendernos cuando nos encontremos frente a una situación de peligro, de una persona que nos está atacando, la idea es que esa defensa sea de manera inmediata, de manera actual, en el momento, pero no después, sea para recuperar el bien robado o sea haya como un acto de venganza”, manifestó.

En ese sentido, Chang puso el ejemplo de que en ocasiones un ladrón roba a una persona y luego cuando agarran al delincuente, la víctima o demás transeúntes empiezan a golpear y violentar al sujeto cuando ya está en el piso o capturado.

“Le empiezan a pegar en el suelo como dándole una lección, eso no se puede hacer porque ya no está amparado ni protegido por los alcances de la legitima defensa, ya que son acciones orientadas a recuperar los bienes luego de haberse producido el asalto”, detalló.

De esta manera, no se puede decir que en este caso haya una total exoneración de responsabilidad del empresario, porque el mecanismo utilizado fue “desproporcionado” al punto tal de que estas dos personas hayan fallecido.

“En principio siempre sería homicidio doloso porque él [empresario] sabe que cuando los embiste con el auto este desenlace [fallecimiento] puede darse, porque él va con toda velocidad para evitar que estos huyeran. Sería homicidio doloso, pero con una pena que debería atenuada”, explicó.

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En esa línea, contó que en el Perú este tipo de delitos tienen una pena de 6 a 20 años, se tendría que ver si es la primera vez que ocurre esto en el caso del empresario y tomar en cuenta una serie de factores y consideraciones.

“Se podría entender que el ciudadano pensaba que estaba amparado que estaba actuando correctamente y por eso, hacer una reducción de sanción, y así no recibir los seis años ni mucho menos los veinte años de cárcel, pero no es algo que esté permitido en nuestro reglamento. Todos debemos saber que quien hace justicia es el Estado, pero nosotros no podemos hacer justicia por nuestras manos”, explicó.

CASO

El caso se trató de que dos delincuentes murieron tras ser perseguidos y atropellados por un empresario al que poco antes habían robado S/ 125 670 en el distrito de Pichanaqui, provincia de Chanchamayo, en Junín.

Los ladrones iban armados a bordo de una moto, con la que interceptaron el vehículo del empresario para robarle el dinero y luego darse a la fuga.

Posteriormente, el empresario salió a alcanzarlos produciéndose disparos por parte de los delincuentes al caballero, hasta que el hombre los embistió contra la parte posterior de un tráiler, y finalmente quitándoles la vida.

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