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Fonavi: Hoy 1 de Abril del 2023 podemos repasar los acontecimientos recientes y evaluar el avance de este tema. Así vemos que en marzo de este año, el Tribunal Constitucional (TC) emitió un pronunciamiento definitivo sobre la situación de dos millones de familias Fonavistas.

Este hecho se produjo después de que hace 11 años el mismo tribunal emitiera otra sentencia sobre el tema. El Colegio de Abogados del Callao presentó una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 29625, conocida como la Ley de Devolución de Dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo.

En octubre de 2012, el Pleno Jurisdiccional del TC resolvió que la demanda era infundada y que se debía interpretar el artículo 1 de la Ley 29625 para destinar la devolución de los aportes a un fondo colectivo y solidario para satisfacer la necesidad básica de vivienda de los Fonavistas que lo requieran.

En cuanto a la Ley 31173, el Poder Ejecutivo presentó una demanda de inconstitucionalidad contra ella, que garantiza el cumplimiento de la Ley 29625, priorizando a la población vulnerable debido a la pandemia de COVID-19. El 14 de marzo de 2023, el TC emitió la Sentencia 86/2023, donde se establece que solo se debe devolver los aportes descontados a los trabajadores, que según la Autógrafa del Congreso asciende a S/6,309´726,781.12.

FONAVISTAS
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Aportes al FONAVI

Es importante destacar que el tema de fondo es la devolución íntegra de los aportes de los trabajadores al Fonavi, lo que fue avalado por dos magistrados que emitieron un voto singular en la última sentencia de marzo. El Dr. Gutiérrez Ticse expresó que se debe devolver el íntegro de los aportes al Fonavi, mientras que el magistrado Ochoa Cardich sostuvo que la demanda de inconstitucionalidad era fundada si se interpretara que la devolución de los aportes se destinaría a un fondo colectivo y solidario para satisfacer las necesidades básicas de vivienda.

En este contexto, la Comisión Ad Hoc debe trabajar para determinar el marco normativo vigente y hacer cumplir la sentencia del TC de hace 11 años, en lugar de hacer promesas infundadas sobre cronogramas o pagos.

Por último, vale destacar que la devolución de los aportes al Fonavi es un tema de interés para millones de familias en el Perú, y que la decisión del Tribunal Constitucional es de gran importancia para la resolución del mismo. La Comisión Ad Hoc tendrá la responsabilidad de trabajar en la implementación de las disposiciones establecidas en la sentencia, y esperamos que se haga de manera efectiva y justa para todas las partes involucradas.

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