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La funcionaria de la dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi),Rosa Moran, señaló que los tres únicos cobros permitidos por los colegios privados son la cuota de ingreso, la matrícula y la pensión mensual, cualquier otro tipo de pago que solicite la institución educativa a los padres de familia se encuentra prohibido.

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La funcionaria manifestó que es importante que los usuarios exijan a los proveedores del servicio educativo toda la información respectiva como las condiciones del servicio, formas de pago de las pensiones, boletines informativos y cualquier otro tipo de modificación en el cobro de las mensualidades que pudiera existir en el transcurso del año escolar.

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