El expresidente no podrá afiliarse a su propio partido mientras siga inhabilitado. El JNE rechazó la apelación de Perú Primero.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó que Martín Vizcarra no podrá volver a las filas de Perú Primero mientras tenga inhabilitaciones vigentes. El Pleno del organismo rechazó la apelación presentada por su partido político, que intentaba reincorporarlo al padrón de afiliados. La resolución, publicada este mes, hace definitiva la exclusión del expresidente, ejecutada en abril por la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (ROP),en cumplimiento de las sanciones que le impuso el Congreso.

El JNE descarta todos los argumentos de Perú Primero

El Pleno, presidido por el magistrado Roberto Burneo, desestimó todos los recursos legales presentados por Perú Primero. Confirmó que la exclusión de Vizcarra del padrón partidario es una consecuencia directa de las resoluciones legislativas que lo inhabilitaron por cinco y diez años.

Perú Primero alegó que la inhabilitación no debía afectar el derecho de afiliación política, ya que esta restricción no se encuentra explícita. Pero el JNE sostuvo que la sanción impuesta por el Congreso es de carácter político y no administrativo, y recordó que el Tribunal Constitucional ya fijó en 2004 que las inhabilitaciones incluyen la prohibición de pertenecer a una organización política.

El partido también pidió que se aplicara un test de proporcionalidad para evaluar el alcance de la sanción. El JNE lo rechazó de plano. Aclaró que la proporcionalidad es competencia del Congreso, no del órgano electoral, cuya función es ejecutar las decisiones adoptadas por el Legislativo.

Frente al argumento de que la exclusión no se hizo mediante resolución sino por oficio, el JNE respondió que el oficio constituye un acto administrativo válido y susceptible de impugnación, y recordó que fue justamente por ese medio que Perú Primero presentó su apelación.

Otro punto rebatido fue que la sanción violaba el derecho a la libre asociación. El JNE citó el fundamento 20 de la sentencia del Tribunal Constitucional, que reconoce expresamente la prohibición de pertenecer a partidos políticos como parte de la sanción de inhabilitación.

Además, el partido invocó una resolución anterior del propio JNE que en su momento permitió la afiliación de Vizcarra, aunque sin permitirle ejercer cargos. Sin embargo, el Pleno aclaró que esa resolución no interpretaba la inhabilitación como suspensión del derecho de afiliación. Añadió que el caso abordado entonces se refería al rol de Vizcarra como fundador y presidente, no como afiliado.

El TC ratificó la inhabilitación: Vizcarra violó la Constitución

La decisión del JNE se suma a una cadena de derrotas judiciales para el expresidente. El Tribunal Constitucional ya había rechazado en mayo, de forma unánime, la demanda de amparo que presentó Vizcarra para anular su inhabilitación.

Los magistrados Manuel Monteagudo, Gustavo Gutiérrez y César Ochoa coincidieron en que la sanción impuesta por el Congreso estaba plenamente justificada. Señalaron que Vizcarra mantuvo vínculos indebidos con la empresa CyM Vizcarra mientras era ministro de Transportes y presidente de la República, violando el artículo 126 de la Constitución, que prohíbe a los ministros ocupar cargos en empresas privadas durante su gestión.

Monteagudo explicó que Vizcarra, pese a haber renunciado formalmente a la empresa en 2015, no se desvinculó completamente hasta 2018, cuando ya era presidente. Subrayó que durante ese tiempo seguía figurando como Gerente de Operaciones y Vicepresidente del Directorio.

Gutiérrez fue más directo: aseguró que está “objetivamente probado” que Vizcarra ocupó cargos empresariales mientras era ministro y presidente, afectando el decoro exigido a los altos funcionarios.

Por su parte, Ochoa rechazó la comparación que Vizcarra hace entre su caso y el del presidente colombiano Gustavo Petro. Aclaró que la Corte Interamericana de Derechos Humanos falló a favor de Petro porque su inhabilitación vino de una entidad administrativa, no del Congreso. Añadió que la Corte IDH no ha regulado el alcance de los derechos políticos en estos casos, por lo que la inhabilitación a Vizcarra es constitucional.

La exclusión definitiva del expresidente del padrón de Perú Primero marca un nuevo revés para su intento de reinsertarse en la política formal. Vizcarra sigue inhabilitado, y ahora ni siquiera puede formar parte del partido que fundó.