Las alianzas electorales con miras a las elecciones generales del año 2026 pueden ser una oportunidad para los partidos políticos nuevos, ya que de este modo pueden lograr una mayor legitimidad política y obtener representación en el Parlamento.


Así lo señaló la abogada Silvia Guevara, especialista en derecho electoral, quien indicó que la conformación de alianzas puede funcionar de manera estratégica, ya que la mayoría de las 43 organizaciones políticas habilitadas para participar en estos comicios no son conocidas por la población.

Añadió que ir en alianzas no solo les permitirá tener un alcance a nivel nacional con miras a pasar la valla electoral, sino también optimizar recursos.

“Como hay muchas organizaciones políticas que son nuevas, no van a tener esta legitimidad y representatividad, entonces pueden tener en una alianza electoral la oportunidad de generar mayor legitimidad política, presentar candidaturas conjuntas que les permita lograr el objetivo que finalmente es acceder a la distribución de escaños, que no lo harían de manera individual”, explicó en RPP.

Cabe recordar que el plazo para presentación de solicitudes para la conformación de alianzas electorales vence este 2 de agosto, de acuerdo con el cronograma para los comicios de abril de 2026.

Guevara precisó que los requisitos que deben cumplir las organizaciones políticas para ir en alianza son casi los mismos que para la inscripción de un partido, ya que las alianzas son un tipo de organización política, como lo son también los partidos políticos y movimientos regionales.


La experta en derecho electoral consideró importante que las agrupaciones que vayan en alianza electoral tengan también en cuenta su afinidad a nivel político o ideológico.

“Sería incoherente ver a organizaciones políticas con posturas y condiciones totalmente contrarias y que finalmente apunten a una alianza política, lo cual puede traer que no quede claro el acuerdo en común que puedan tener”, expresó la abogada.


En cuanto a las causales para la cancelación de una alianza, explicó que el artículo 13 de la Ley de Organizaciones Políticas establece que se cancela la inscripción de un partido que va en alianza si es que no logra un representante en el Congreso.

Añadió que ello dista de lo que se exige a un partido, el cual tiene que conseguir 5% de votos validos de las elecciones congresales mas el 5% de los representantes legales, es decir, al menos 3 senadores o 7 diputados. "La cancelación de la alianza, más que a la alianza, es al partido", precisó Guevara.

(FIN) MCA/CVC


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Publicado: 7/7/2025