El uso turístico de los bienes considerados como Patrimonio Cultural de la Nación será regulado a través de un plan desarrollado el Ministerio de Cultura en coordinación con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, así como con la autoridad que tenga competencia sobre ellos, de acuerdo a lo estipulado en la nueva ley General de Turismo.


Esta y otras disposiciones incluidas en dicho cuerpo normativo figuran en la Ley 32392, que aparece publicada hoy en la separata de normas legales del Diario Oficial El Peruano.

En ella se indica que esta regulación debe ajustarse a la ley que rige la conservación y gestión de los bienes calificados como Patrimonio Cultural de la Nación.

Gestión y coordinación

En ese sentido, se indica que el Ministerio de Cultura o la autoridad a cargo de la conservación o gestión de los bienes considerados Patrimonio Cultural de la Nación que corresponda, aprobarán el plan de manejo o de uso turístico de dichos inmuebles.


Esto debe efectuarse en coordinación con el Ministerio de Comercio Exterior, se indica en la ley.

“Este proceso busca garantizar la protección, conservación y el uso responsable de los bienes patrimoniales”, se señala.


Ello tiene por objeto propiciar el respeto por el valor histórico y cultural del Patrimonio Cultural de la Nación, y promover desarrollo turístico sostenible.

Esto se aplicará en los casos de bienes inmuebles que tienen ese calificativo. Entre ellos se encuentran la ciudadela preincaica de Chan Chan, en La Libertad; las Líneas de Nasca, en Ica; el complejo arqueológico de Machu Picchu, la fortaleza incaica de Ollantaytambo, en el Cusco, la Ciudad Sagrada de Caral, entre otros.

El Perú posee una vasta y variada riqueza cultural que cautiva y atrae cada año a millones de visitantes de todas partes del orbe. Además de los sitios mencionados destacan también la Fortaleza de Kuélap, Choquequirao, Huaca Rajada, donde se descubrió la tumba del Señor de Sipán; el complejo arqueológico Wari, las huacas del Sol y la Luna.


La Nueva Ley General del Turismo consta de 84 artículos en los que se abordan diversos aspectos sobre dicha actividad, instaurando mecanismos de promoción para el fomento de la misma, y la distribución del Fondo de Compensación Regional para financiar la infraestructura básica y planta turística.

De igual modo, en una de sus disposiciones complementarias, esta norma establece que, en ferias de promoción del turismo, se debe contar con la participación obligatoria de operadores turísticos locales.

Nueva Ley General Del Turismo by Fidel Gutierrez


(FIN) FGM/MAO

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Publicado: 27/6/2025