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El Ministerio Economía y Finanzas (MEF) aprobó hoy una transferencia de 10 millones 888,060 soles al Ministerio de la Producción (Produce) para financiar parcialmente el subsidio “Bono al Buen Pagador de Impulso Myperu”.


De acuerdo al Decreto Supremo 290-2023-EF publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, los recursos se trasferirán con cargo a los presupuestos institucionales del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) y del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (Sanipes)

Indica que los titulares de los pliegos deberán aprobar la desagregación de los recursos autorizados dentro de los cinco días posteriores a la publicación del presente decreto supremo.

Los recursos transferidos no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales fueron aprobados.

Flexibilización


El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó el Reglamento Operativo de Impulso Empresarial Mype - Impulso Myperu con lo cual flexibiliza los requisitos para que más empresas accedan a dicho programa.

De acuerdo con la Resolución Ministerial 419-2023-EF/15 publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, los créditos elegibles para acceder al programa Impulso Myperú pasan de hasta 90,000 soles a hasta 10 millones de soles.

“Son elegibles como beneficiarios las mypes de todos los sectores productivos del país que obtengan un crédito elegible en moneda nacional hasta por 10 millones de soles, según los parámetros para créditos establecidos por la SBS”, señala la normal.

Indica que el plazo de pago del crédito elegible debe ser igual o mayor a 12 meses y hasta máximo sesenta 60 meses, incluido el periodo de gracia que se otorgue en el que se paga solamente intereses, el que no puede ser menor a seis meses ni mayor a doce meses. 

Para el caso del crédito elegible otorgado a empresas de los sectores turismo, agropecuario, construcción y pesca, el plazo de pago puede alcanzar los 72 meses, incluido el periodo de gracia de hasta 24 meses.

De otro lado, establece que el crédito elegible, puede ser otorgado hasta el 30 de junio de 2024. El anterior reglamento señalaba como plazo el 31 de diciembre del 2023.

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(FIN) RGP/JJN
JRA

Publicado: 21/12/2023