El Congreso de la República oficializó hoy una norma que modifica la Ley de veterano de guerra y de la pacificación, con la finalidad de incorporar el beneficio de la atención preferente para los comprendidos en este grupo de personas.


Esta medida se oficializa a través de la Ley Nº 32393, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

En tal sentido, la norma modifica los artículos 6 y 7 de la Ley 30826, Ley del veterano de guerra y de la pacificación nacional, respecto a beneficios y promoción del otorgamiento del mismo.

De esta manera, los veteranos de guerra y de la pacificación nacional acreditados, conforme a lo estipulado en la presente ley, gozan de la atención preferente en establecimientos públicos y privados de atención al público.

Asimismo, precisa que los gobiernos locales promueven que los establecimientos públicos y privados brinden atención preferente a los acreditados como veteranos de guerra y de la pacificación nacional.

Además, refiere que en caso de que los establecimientos públicos y privados de atención al público no cumplan con otorgar el beneficio de atención preferente será de aplicación las disposiciones sobre multa y entidad competente, contenidas en los artículos 3 y 5 de la Ley 27408.

De igual modo, señala que el Poder Ejecutivo adecúa el Reglamento de la Ley 30826, Ley del veterano de guerra y de la pacificación nacional, aprobado por el Decreto Supremo 001-2019-DE, a las modificaciones dispuestas en la presente ley, en un plazo no mayor de sesenta días calendario contados a partir de su entrada en vigor.

(FIN) JCC

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Publicado: 28/6/2025