El Poder Ejecutivo conformó el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Grupo de Trabajo para impulsar el desarrollo integral de los distritos de Tapairihua y Pocohuanca, de la provincia de Aymaraes, del departamento de Apurímac”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros.


La medida fue oficializada mediante Resolución Nº 007-2025-PCM/SGSD publicada en el Boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. 

El Grupo de Trabajo tiene por objeto analizar, proponer e implementar medidas a corto y mediano plazo que permitan atender la problemática social y económica de los distritos de Tapairihua y Pocohuanca.


Está integrado de la siguiente manera:

a) Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien lo presidirá.
b) Un representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.
c) Un representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
d) Un representante del Ministerio de Educación.
e) Un representante del Ministerio de Salud.
f) Un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
g) Un representante del Ministerio de Energía y Minas.
h) Un representante del Gobierno Regional de Apurímac.
i) Un representante de la Municipalidad Provincial de Aymaraes.
j) Un representante de la Municipalidad Distrital de Tapairihua.
k) Un representante de la Municipalidad Distrital de Pocohuanca.
l) Un representante del Frente de Defensa del distrito de Tapairihua.
m) Un representante de la Comunidad Campesina del distrito de Pocohuanca.
n) Un representante del Centro Poblado de Tiaparo.

La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo será asumida por la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros, con el apoyo de las Municipalidades Distritales de Tapairihua y Pocohuanca, quien debe convocar a las sesiones, así como informar y reportar periódicamente a la Presidencia del Grupo de Trabajo. Además, es responsable de llevar el registro y seguimiento de los acuerdos, custodiar las actas y toda la documentación que se genere.

El Grupo de Trabajo se instalará en un plazo máximo diez (10) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución y tiene una vigencia de doscientos diez (210) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, en cuyo plazo se presenta un informe final a la Presidencia del Consejo de Ministros. Dicha vigencia, puede ser ampliada a propuesta de la Secretaría Técnica.


(FIN) RMCH

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Publicado: 6/7/2025