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El dictamen de la Ley que prohíbe la tercerización y toda forma de intermediación laboral de los servicios de limpieza pública y afines que prestan los obreros municipales fue aprobado por mayoría (81 votos a favor, 0 en contra y 25 abstenciones) en el Pleno del Congreso. Luego fue exonerado de segunda votación.

La norma prohíbe a los gobiernos locales la tercerización y toda forma de intermediación laboral de los servicios de limpieza pública, recojo de residuos sólidos que prestan los obreros municipales. Consta de cinco artículos y dos disposiciones complementarias transitorias.

En su artículo segundo establece que los servicios de limpieza pública, recojo de residuos sólidos, etc., “tienen como único empleador a los gobiernos locales”.

El artículo cuarto define lo siguiente: “Los gobiernos locales que hayan contratado servicios de limpieza pública, recojo de residuos sólidos, conservación y mejora del ornato local y afines, mediante tercerización laboral retoman dichas contrataciones de manera directa, sin intermediación alguna, al término del contrato vigente”.

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