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La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República debate este martes el predictamen que propone la ‘Ley de Reforma Constitucional’ del artículo 99° de la Constitución Política, con la finalidad de quitar las prerrogativas del antejuicio y juicio político de la que gozan los altos funcionarios del Estado.

Esto nace a raíz de los constantes cuestionamientos al presidente del Jurado Nacional de Elecciones, Jorge Salas Arenas, entre ellos la inscripción irregular del partido político del etnocacerista Antauro Humala, y por estar inmerso en el caso ‘Los Cuellos Blancos del Puerto’.

Este proyecto de ley permitirá incluir a los titulares del Jurado Nacional de Elecciones (JNE),la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (Reniec) en investigaciones constitucionales del Congreso.

Mediante su cuenta de X (antes Twitter),la JNE señaló que este proyecto de ley es “inviable”, y reiteran su posición como ente electoral de no atentar contra la autonomía de los organismos, y solicitaron a la Comisión de Constitución evaluar bien los argumentos planteados antes de tomar una decisión.

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Según el anuncio, aprobar esta modificación es ir en “contra de los principios que sostienen a un Estado constitucional y democrático de derecho, sobre todo los principios de separación de poderes, independencia e imparcialidad, que permite que un órgano de naturaleza y composición eminentemente político como el Congreso de la República tenga la competencia para ejercer control de las decisiones que emiten organismos electorales como el Jurado Nacional de Elecciones”.

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“Cualquier intento de cooptar a los órganos electorales por parte de los poderes públicos, afecta transversalmente a toda la institucionalidad democrática, lo que resulta inconvencional en tanto puede traer un impacto sistémico igualmente regresivo sobre el Estado de derecho, las garantías institucionales y el ejercicio de los derechos fundamentales en general”, precisan.

Además, sostienen que permitirá que se usen las valoraciones políticas y no jurídicas para sancionar al Jurado Nacional de Elecciones, y que esto se opone a la Convención Americana de Derechos Humanos y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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“Se corre el riesgo de otorgarle al Congreso el poder de sancionar a los organismos electorales, que son precisamente quienes revisan causas jurisdiccionales en un proceso electoral. Es decir, se deja esta potestad a un órgano político como el Congreso de la República que pretende encontrar en sus decisiones infracciones”.

Vale precisar que el Tribunal Constitucional había exhortado al Congreso, en por lo menos dos sentencias, incluir a los titulares del sistema electoral en el artículo 99°; estableciendo que Jorge Salas Arenas sí era sujeto pasible de antejuicio político por ser miembro y representante de la Corte Suprema, conforme se aprecia en la sentencia del Pleno N.° 74/2023 (EXP N° 00003-2022-PCC/TC).

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