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Este miércoles, el Ejecutivo presentó un proyecto de ley, con el que solicita la delegación de facultades para poder legislar en materia tributaria, fiscal y de reactivación económica.

Dicho proyecto fue enviado a la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, con la finalidad que la propuesta sea sometida a votación en el Pleno.

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¿Qué involucra este proyecto de ley?

Con esta medida, el Poder Ejecutivo busca que el Legislativo le otorgue el poder para establecer leyes en materia tributaria, fiscal, financiera y de reactivación económica, por un plazo de 120 días calendario.

Según indica el Ejecutivo, el objetivo de este proyecto de ley sería fortalecer la actuación del Gobierno en gestión económica y tributaria, «para contribuir al cierre de brechas sociales prioritarias para el acceso a los programas y/o servicios públicos que brinda el Estado».

En materia tributaria, el Gobierno plantea aumentar la recaudación de impuestos ampliando la base tributaria, modificando tasas impositivas, simplificando los procesos de control y recaudación, y la racionalización de beneficios tributarios.

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Asimismo, se propone la modificación de diferentes aspectos de la Ley de Impuesto a la Renta, la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, y la Ley de Tributación Municipal.

Por otro lado, se pretende cambiar el régimen fiscal minero con la finalidad de «reflejar de manera más adecuada los beneficios derivados de la actividad minera».

En caso de que este proyecto presentado por el Ejecutivo sea aprobado, la ley entraría en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Otro aspecto que se busca con esta medida es que se modificaría el Código Tributario para lograr optimizar las facultades de fiscalización de la Sunat.

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Finalmente, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) deberá informar a la Comisión de Presupuesto del Congreso acerca de las transferencias realizadas con cargo a la incorporación de los recursos provenientes de la mayor recaudación tributaria, en un plazo máximo de 45 días calendario, después del cierre del año fiscal 2022.

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