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La procuraduría pública del Ministerio de Salud y la del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el marco de su autonomía, no apelarán la sentencia dictada por el Décimo Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima en el caso de Ana Estrada, anunció esta tarde la Procuraduría General del Estado.

Como se recuerda, la sentencia emitida por dicho organismo jurisdiccional ordena al Ministerio de Salud y a EsSalud respetar la decisión de Ana Estrada Ugarte de poner fin a su vida a través del procedimiento técnico de la eutanasia.

En ese sentido, dispone la inaplicación del artículo 112 del Código Penal vigente, para el caso Ana Estrada; razón por la cual quienes la asistan en su decisión no serán procesados siempre que se practique de manera institucional y sujeta al control de su legalidad y en el tiempo y oportunidad en que lo especifique, en tanto ella no pueda hacerlo por sí misma.

Además, ordena también al Ministerio de Salud y a EsSalud a respetar la decisión de Estrada de poner fin a su vida a través del procedimiento técnico de la eutanasia, mediante la acción de un médico que suministre de manera directa (oral o intravenosa) un fármaco u otra intervención médica destinada a tal fin.

Al respecto, el fallo dispone que ambas instituciones deberán conformar sendas comisiones médicas interdisciplinarias, con reserva de la identidad de los doctores y con respeto de su objeción de conciencia, si fuere el caso, en un plazo de siete días.

CON INFORMACIÓN DE ANDINA

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