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Atención. A partir de este lunes 15 de noviembre, de acuerdo al Decreto Supremo 167-2021-PCM, las personas mayores de 45 años solo podrán realizar viajes interprovinciales vía terrestre si cuenta con dos dosis de la vacunación contra la covid-19.

Según la norma, esto cumple para los cuatro niveles de alertar (moderado, alto muy alto y extremo); además, esta medida tiene el objetivo de incentivar la vacunación anticovid y evitar nuevos contagios, según lo indicado por el ministro de Salud, Hernando Cevallos.

Asimismo, Cevallos Flores explicó que la decisión de esta medida se tomó tras considerar el tiempo que las personas suelen permanecer al interior de los buses, y por lo que pueden generarse complicaciones con la enfermedad si los pasajeros no cuentan con las dos dosis de la vacuna.

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“Si bien la vacuna es voluntaria, no tiene ningún ciudadano derecho a contagiar a otro ciudadano. Al no estar vacunado las posibilidades de contagio son mayores”, declaró el titular de Minsa hace unas semanas. “Si uno viaja en un ómnibus interprovincial, que tiene que viajar varias horas, con una persona que se sienta al lado, tienes el derecho a tener menos posibilidades de que te contagie”, agregó.

Por otro lado, la medida que también entrará en vigencia desde este lunes 15 de noviembre, es que los trabajadores del sector salud deberán tener la vacunación completa para cumplir sus labores de manera presencial en sus centros de trabajo.

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