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El Gobierno publicó el Decreto de Urgencia N° 137-2020, que autoriza transferencias de las entidades del Gobierno Nacional y gobiernos regionales a favor del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para que este financie, entre otras cosas, el pago de la retribución extraordinaria establecida en la Ley N° 31083, equivalente a una remuneración mínima vital a los jubilados de la ONP.

El pago de la mencionada retribución extraordinaria se efectuará en enero del 2021, en la misma oportunidad en la que se pagan las pensiones de los pensionistas del Decreto Ley N° 19990, evitándose así la generación de un cronograma y de canales alternativos para dicho pago. Esto evitará que los pensionistas deban hacer colas adicionales a las que normalmente realizan cuando cobran su pensión.

Según el Decreto de Urgencia, las entidades del Gobierno Nacional transferirán a la Reserva de Contingencia S/ 647 209 425 y los gobiernos regionales harán lo propio por S/ 71 756 761, haciendo un total de S/ 718 966 186. De ese monto, S/ 527 757 330 se destinarán a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) para el cumplimiento del pago de la retribución extraordinaria a los pensionistas de la ONP, tal como indica la Ley N° 31083.

Además del pago a los pensionistas de la ONP, las transferencias a favor de la Reserva de Contingencia serán destinadas para financiar diversos gastos de rápida ejecución generados por la atención de la emergencia sanitaria y la reactivación económica. Estas transferencias se realizan a favor de los Gobiernos Regionales, así como para los ministerios de Relaciones Exteriores, de Defensa, de Transportes y Comunicaciones y al Poder Judicial.

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