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El último miércoles, el Gobierno, mediante conferencia de prensa, dio a conocer que el uso de las playas estaba autorizado a partir del lunes 1 de marzo, en las regiones catalogadas en los niveles moderado y alto de contagio COVID-19. No obstante, también informó que para asistir a estos lugares, las personas tendrán que cumplir sí o sí algunas disposiciones.

Según informó el Ministerio de Salud, estas normas son de aplicación nacional y deben cumplirse obligatoriamente por todos los gobiernos locales en los ámbitos de su jurisdicción o quien administre establecimientos que cuenten con acceso a playas de baño, así como por los propios usuarios de las mismas.

Para ello, las autoridades de cada jurisdicción que cuenten con playa deberán planificar e implementar horarios de acceso, reducción de aforos y un sistema de control de aglomeraciones.

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Entre otras indicaciones, se prohíbe el ingreso de comidas y bebidas, excepto agua para beber; además, se regulará el comercio ambulatorio. También se deberá contar con puestos de primeros auxilios y con señalización, entre otros aspectos a cumplir.

Por parte de los usuarios, la norma indica que deben ingresar de manera ordenada y utilizar, en todo momento, mascarilla, a excepción de la zona de baño; también deben mantener el distanciamiento físico de dos metros entre personas de distinto núcleo familiar y mantener limpio y desinfectado el espacio que utilicen.

Cabe precisar que en las zonas de riesgo extremo, el uso de playas aún está prohíbido, según informó la presidencia del Consejo de Ministros durante su última conferencia de prensa.

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