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Cuando el país retome la calma y tranquilidad, existen dos caminos para el justo incremento de las pensiones de los jubilados del DL 19990. La primera luz de esperanza es el Congreso en donde existen dos proyectos de ley al respecto y la segunda alternativa es a través de la Comisión que viene gestionando los aumentos en el Ministerio de Trabajo.

Propuestas legislativas buscan nivelar las pensiones con la RMV que llega a S/1,025

Las bancadas del Congreso, vienen gestionando la aprobación en el Pleno en torno a dos iniciativas legislativas que permitan el incremento de las pensiones de los jubilados. En ese sentido, los avances de los proyectos ya están listos y es probable que en breve se pueda dar el ansiado aumento a los cesantes de la ONP.  Se espera que los proyectos legislativos sean aprobados en el Pleno del Congreso.

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Al respecto, la Comisión de Trabajo del Congreso ya cuenta con un proyecto de ley (presentado por la congresista María Agüero) y se espera que otras comisiones, la de Economía y Presupuesto, también hagan este planteamiento y así convertir en Ley la nivelación de las pensiones de los jubilados, toda vez que sea aprobada en el Pleno.

EXIGEN PRONTA NIVELACIÓN CON LA RMV

El documento dice a la letra: “El maltrato a los pensionistas no puede ser tan evidente al constatarse que durante 18 años se mantuvo congelada la pensión mínima y el reajuste de SI. 85.00 que tardíamente se otorgó el 2019 no pudo ser más deprimente. Esta inequidad aún más manifiesta si se compara la evolución de le pensión mínima y de la remuneración mínima vital (RMV)”.

Prosigue: “Como se advierte en el cuadro que antecede, el año 1996 la pensión mínima (SI. 200.00) marchaba prácticamente a la par que la remuneración mínima vital (SI. 215.00),siendo su diferencia del 15%. Al 2001 la pensión mínima llegó a superar en SI. 15.00 a la remuneración mínima vital, precisa.

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“Veinte años después, esto es al 2022, la pensión mínima 500 soles es prácticamente la mitad de la remuneración mínima vital (SI. 930.00 en ese momento y ahora S/1,025),lo que exactamente equivale al 53,76%, situación por demás elocuente de la perversidad con la que se trata al pensionista de la O.N.P. y suficientemente justificatoria de su inmediato reajuste para que se sitúe progresivamente en un monto similar a la remuneración mínima vital. Y no se trata tampoco que la remuneración mínima haya tenido un trato preferencial” se detalla en el proyecto de Ley de la congresista María Agüero y que se espera sea debatido en breve en el Pleno.

Por su parte, el Ministerio de Trabajo lleva a cabo reuniones en el marco de la llamada Agenda 19 en donde participan especialistas de este ministerio y representantes de las centrales sindicales y se espera pronto resultados favorables.

EVOLUCIÓN DE LA

PENSIÓN MÍNIMA

DECRETO LEY 19990

AÑOPENSIÓN MÍNIMA-SOLES
1996200
1998250
2001350

415

2019

(último incremento)

500

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