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CONOCE AL DETALLE CÓMO SE DETERMINARON LOS MONTOS SEGÚN GRUPO DE EDADES PARA EL REINTEGRO N° 1

El jueves 25 de abril se dio inicio a la devolución de aportes al Fonavi, desde temprano largas colas de adultos mayores se viene dando en las distintas agencias del Banco de la Nación donde varios beneficiados han acudido para recibir su pago. Los beneficiarios de este REINTEGRO N°1 son ex aportantes mayores de 80 años y pertenecientes al CONADIS, de los grupos 1 al 19; sin embargo, hay muchos ciudadanos que se preguntan cómo se han calculado sus montos a cobrar en relación a su historial laboral y sus años descontados y aunque cumplen los requisitos quizá no reciben la cantidad de dinero que a su parecer, deberían recibir, aquí te explicamos cómo se calcularon los montos a devolver, no olvidar que este es un pago a cuenta y que según la ley 31928 es en función a las aportaciones.

 

¿QUÉ DICE LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA?

En el Reglamento de la Ley Nº 29625, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2012-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 280-2023-EF, en el numeral 33.2 señala que «la devolución comprende el total actualizado de los aportes efectivamente recaudados de los trabajadores, para lo cual, la actualización del valor de tales aportaciones se lleva a cabo aplicando la tasa de interés legal efectiva vigente desde el momento del aporte hasta su respectiva liquidación»;

Cantidad de personas y montos asociados, por rango de edad
Cantidad de personas y montos asociados, por rango de edad
  • Que, el numeral 33.3 del artículo 33 del Reglamento citado anteriormente, establece que «la Comisión Ad Hoc considera como base de cálculo de la devolución individual, los aportes monetarios debidamente acreditados y actualizados, deduciendo los pagos a cuenta efectuados, de ser el caso»;
  • Que, asimismo, el numeral 33.4 del artículo 33 del Reglamento mencionado determina que «en caso exista evidencia que el Fonavista laboró durante el periodo de aportaciones al FONAVI y no se cuente con información de sus aportes monetarios, la Comisión Ad Hoc procede al cálculo de su aporte (…)»;
  • Que el numeral 33.5 del artículo 33 del Reglamento antes indicado, establece que la devolución individual que se realice mediante el cálculo de los aportes puede considerarse como pago a cuenta, siempre que se acrediten posteriormente aportes monetarios cuya actualización con la Tasa de Interés Legal Efectiva dé como resultado una devolución mayor a la establecida por el cálculo mencionado;

Según Informe Legal Nº 041-2024-PCM/PE-ST.01.06, se da soporte legal al Primer Grupo de Reintegros correspondiente a los fonavistas beneficiarios del Primer al Décimo Noveno Grupo de Pago del Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios que COBRARON LA DEVOLUCIÓN PARCIAL DE SUS APORTES

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La Comisión Ad Hoc acordó que para la construcción del Primer Grupo de Reintegro se deberá considerar la prioridad establecida en el artículo 10 de la Ley Nº 31928, respecto de los fonavistas titulares mayores de ochenta (80) años de edad al 31 de marzo de 2024, considerando —además— un monto mínimo de devolución de Cuarenta con 00/100 Soles (S/ 40.00); en este último caso, dando la oportunidad a los Fonavistas que tuvieran devoluciones por debajo de dicho monto, para que puedan acreditar mayores aportes en el transcurso del tiempo. Adicionalmente, se incorporarán aquellas personas que tienen alguna enfermedad grave o terminal, debidamente acreditada, según cada fecha de corte para los respectivos reintegros;

MONTO TOTAL A PAGAR ASOCIADO AL PRIMER GRUPO DE REINTEGROS

El monto total para ejecutar el pago de reintegros del Primer Grupo de Reintegros del padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios es de Trescientos Ochenta y Cuatro Millones Setenta y Cinco Mil Quinientos Setenta y Nueve con 03/100 Soles (S/ 384’075,579.03),que se obtiene de la suma total del monto a devolver de cada uno de las 153,182 Fonavistas beneficiarios del grupo de reintegros indicado.

Los reintegros, por rangos en soles, se muestran en el siguiente cuadro:

Fonavi - Reintegro por rango en soles
Fonavi – Reintegro por rango en soles

Cálculo del monto requerido para ejecutar la devolución del primer grupo de reintegros del padrón nacional de Fonavistas beneficiarios

Para la determinación del reintegro individual de un Fonavista Beneficiario se sigue el siguiente procedimiento:

 

1.1. Actualización con Tasa de interés Legal Efectiva (TILE)

En virtud de lo dispuesto por el Artículo 33.2 del Reglamento de la Ley N° 29625, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-EF y modificado por el Decreto Supremo N° 280-2023-EF, la actualización del valor de las aportaciones al Fonavi se lleva a cabo aplicando la tasa de interés legal efectiva vigente desde el momento del aporte hasta el momento de su respectiva liquidación.

 

1.2. Cálculo del Aporte (CA)

En caso no se cuente con información de los aportes monetarios, pero exista evidencia que el Fonavista laboró durante el periodo de aportaciones al Fonavi, los aportes se calculan según la fórmula estipulada en el Artículo 33.4 del Reglamento de la Ley N° 29625, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-EF y modificado por el Decreto Supremo N° 280-2023-EF

Fonavi - Cantidad de beneficiarios con reintegro, por rango de montos y edad
Fonavi – Cantidad de beneficiarios con reintegro, por rango de montos y edad

1.3. Recálculo de la Devolución Individual aplicando el criterio del mejor valor

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 33.6 del Reglamento de la Ley N° 29625, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-EF y modificado por el Decreto Supremo N° 280-2023-EF, se comparan, mes a mes, los resultados obtenidos en los numerales 1.1. y 1.2., tomando en cada caso el mayor de ellos; la devolución total recalculada es la suma de dichos valores.

 

1.4. Pagos a cuenta (Valor cuota S/ 10.69)

El monto de devolución individual obtenido por cada Fonavista Beneficiario que formó parte de algún grupo de pago generado entre enero de 2015 y noviembre de 2019 (Grupos de pago 01 al 19),más los montos que haya recibido como resultado de recurso de reconsideración, de ser el caso, se consideran pagos a cuenta.

 

1.5. Cálculo del Reintegro

El reintegro individual, para cada Fonavista beneficiario de los grupos de pago generados entre enero de 2015 y noviembre de 2019 (Grupos de pago 01 al 19),es la diferencia entre el valor del recálculo de su devolución individual (mejor valor entre CA y TILE),obtenido de aplicar lo indicado en el numeral 1.3., y el pago a cuenta indicado en el numeral 1.4.

Fonavi - Beneficiarios vivos y fallecidos - Grupos de pago del 01 al 19
Fonavi – Beneficiarios vivos y fallecidos – Grupos de pago del 01 al 19

 

  • Mayores de 60 años
  • Mayores de 60 a 65 años
  • Mayores de 65 a 70 años
  • Mayores de 70 a 75 años
  • Mayores de 75 a 80 años
  • Mayores de 80 años a más

 

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