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Ministerio de Relaciones exteriores indica que ello implica la liberalización arancelaria de bienes personales y equipo profesional que ingresen al país

La Cancillería peruana apoyó la aprobación del proyecto de ley, el cual reintegra los beneficios tributarios para los migrantes peruanos que deseen volver a vivir en el Perú, impulsado por ese sector.

Asimismo, la entidad pública considera que de ese modo se concretará la liberalización arancelaria de bienes personales y equipo profesional de quienes regresan a vivir y contribuir con el Perú.

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El proyecto de ley en cuestión fue aprobado por 81 votos a favor y 12 en contra. Amplia por tres años los beneficios tributarios de la Ley de Reinserción Económica y Social, para el migrante retornado, Ley N° 30001, los cuales caducaron en diciembre del 2002.

Además, la pandemia por el COVID 19 también se incluye como un causante válido para ser beneficiario de esta norma, y agrega a los dispositivos médicos, odontológicos y veterinarios, como aptos a la liberación, lo cual deberá ser solicitado a la SUNAT, dentro del plazo de seis meses posteriores a la fecha de su ingreso al país.

Condiciones para acceder a los beneficios de ley:

-Tener nacionalidad peruana y ejercerla activamente.
-Ser mayor de edad.
-Haber residido en el exterior, de manera continua, un mínimo de 3 años computados a la fecha del retorno.
-Para casos de ciudadanos peruanos que retornen de manera forzada por el Estado receptor a causa de su calidad migratoria, solo se exige haber residido 2 años continuos en el exterior a la fecha del retorno.
-Las visitas efectuadas al Perú no interrumpen el cómputo de años siempre que no excedan 180 días calendario, alternados o consecutivos, por año.

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