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Los trabajadores ya pueden solicitar acogerse a la Ley de Teletrabajo (Ley N° 31572) a sus empleadores, a partir de este viernes 28 de abril.

El último día de plazo para que las entidades de la administración pública, instituciones y empresas privadas se adecuaran a las disposiciones de la referida ley fue el jueves 27 de este mes.

El viceministro de Trabajo, Juan Navarro, dijo que dicho periodo de adecuación ha permitido para que los empleadores pudieran evaluar e identificar los puestos que pueden implementar esta modalidad de trabajo para así implementar acuerdos con su personal.

En ese sentido, dijo que una vez que los trabajadores soliciten acogerse al teletrabajo, las empresas o instituciones tendrán 10 días para dar una respuesta positiva o negativa.

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Si fuese negativa, la empresa deberá ofrecer fundamentos que la respalden, incluyendo si la plaza laboral en cuestión estaba o no considerada para el teletrabajo.

También remarcó que en caso de optarse por un sistema híbrido, con días de las semana bajo modalidad de teletrabajo y otros bajo modalidad presencial, será el empleador quien cubra los gastos si no llega a haber un acuerdo previo entre las partes al respecto.

Además, señaló que los teletrabajadores podrán desarrollar sus actividades desde el extranjero, en tanto tengan condición migratoria legal en el Perú.

A ello agregó que la ley exige una desconexión digital de 12 horas como derecho del teletrabajador.


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