La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Piura confirmó en segunda instancia administrativa la sanción de 3.57 UIT, equivalente de S 19 099.50, impuesta a la Asociación para el Desarrollo Urbano de Sullana (ADUS) por no cumplir con la devolución del dinero entregado por una consumidora, tras la compra frustrada de un terreno en la Urbanización Las Colinas del Chira.


Durante la revisión del caso, se determinó que ADUS, mediante una carta notarial, había asumido el compromiso de devolver el monto total abonado por la denunciante. Sin embargo, nunca cumplió con lo prometido, afectando directamente los derechos de la ciudadana.

Además, se comprobó que la asociación tampoco atendió las solicitudes presentadas por la consumidora, quien pidió facilidades para realizar el pago por concepto de habilitación urbana. Por el contrario, ADUS respondió que le devolvería el dinero aportado hasta ese momento, lo cual finalmente no cumplió.


Estas conductas constituyen una infracción a los artículos 18° y 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que obligan a los proveedores a brindar un servicio idóneo y cumplir con lo ofrecido al cliente.

Como resultado, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) confirmó la sanción económica impuesta en primera instancia, y ordenó, como medida correctiva, que la asociación restituya el monto abonado por la consumidora, además de adoptar otras acciones que garanticen la reparación del daño y el respeto a sus derechos.

La decisión fue emitida mediante la Resolución Final nº 168-2025/INDECOPI-PIU, que confirma lo resuelto en primera instancia por el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos (ORPS) de esta misma sede. 


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(FIN) NDP/TMC


Publicado: 6/7/2025