TC rechaza solicitud del JNE por caso Unidad Popular y ratifica intangibilidad del cronograma electoral

El Tribunal Constitucional rechazó el pedido del Jurado Nacional de Elecciones tras presentar "hechos nuevos" por el caso de la inscripción del partido político Unidad Popular. Además ratificó la intangibilidad del cronograma electoral.

Fuente: Exitosa Publicado: 3 min de lectura
TC rechaza solicitud del JNE por caso Unidad Popular y ratifica intangibilidad del cronograma electoral

El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente el pedido del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y ratificó la intangibilidad y continuidad del cronograma de las Elecciones Generales 2026

De esta manera, se mantendrán las fechas inamovibles con miras a los próximos comicios tras la inscripción del partido Unidad Popular encabezado por Duberlí Rodríguez

Cronograma electoral se mantiene

Ante la solicitud presentada el pasado 7 de octubre por el procurador público del Jurado Nacional de Elecciones tras alegar "hechos nuevos" por el caso de la inscripción del partido político Unidad Popular, el TC ha ratificado el cronograma electoral para las elecciones 2026.

En la resolución del TC se indicó que la medida cautelar "se limitó a suspender el efecto" de cuatro resoluciones del Poder Judicial (PJ) en donde se declaró fundada la demanda, se ordenó ejecutarla provisionalmente, donde se reitera acatar el mandato judicial y la que impuso sanciones y multas a los miembros del organismo electoral y al director nacional del Registro de Organizaciones Políticas (ROP).

Fundamentó la continuidad del cronograma electoral donde se reitera y precisa que el cronograma electoral "debe seguir su curso inexorable". 

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"Si bien ninguna resolución del JNE que afecte derechos fundamentales se encuentra exenta de control constitucional mediante el proceso de amparo, las resoluciones que se emitan no pueden suspender el calendario electoral", se precisa.

Auto del Tribunal Constitucional
Auto del Tribunal Constitucional

Ello, mantendrá sus efectos hasta que se emita una sentencia definitiva en el proceso competencial "sin que quepa adoptar nuevas resoluciones que pudieran comprometer el desarrollo del cronograma electoral vigente". 

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PJ no ha incumplido medidas cautelares dispuestas

En el reciente fallo del TC se refiere que en las resoluciones del PJ con fechas 23 de octubre, 6 y 12 de noviembre no se han incumplido medidas que afecten el cronograma para las próximas elecciones. 

"Este Tribunal advierte que el Poder Judicial (...) no ha incumplido ni desacatado la medida cautelar dispuesta en autos por cuanto no ha emitido pronunciamiento alguno que comprometa el cronograma electoral", indicó.

De presentarse algún inconveniente, el máximo intérprete de la Constitución "garantizará, oportunamente, el desarrollo de un proceso electoral democrático, transparente y respetuoso de la seguridad jurídica".

Ante la controversia sobre la inscripción del partido político Unidad Popular en las Elecciones 2026, el Tribunal Constitucional rechazó el pedido del Jurado Nacional de Elecciones tras alegar "hechos nuevos" ante la inclusión de la organización política. 

Por tal razón, indicó que el cronograma electoral de los próximos comicios mantiene su carácter intangible y firme ante los próximos comicios. 

Fuente original: Exitosa

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