Farmacias pagarán multa si no tienen medicamentos genéricos
DEBERÁN CUMPLIR CON EL STOCK MÍNIMO DE 30% TRAS RESOLUCIÓN CON LISTADO DE 434 MEDICAMENTOS ESENCIALES Entró en vigencia la obligación para que las farmacias y boticas mantengan un stock mínimo del 30 % de medicamentos genéricos en la venta al público. La decana nacional del Colegio Químico Farmacéutico del Perú, Sonia Delgado, sostuvo que […]
DEBERÁN CUMPLIR CON EL STOCK MÍNIMO DE 30% TRAS RESOLUCIÓN CON LISTADO DE 434 MEDICAMENTOS ESENCIALES
Entró en vigencia la obligación para que las farmacias y boticas mantengan un stock mínimo del 30 % de medicamentos genéricos en la venta al público.
La decana nacional del Colegio Químico Farmacéutico del Perú, Sonia Delgado, sostuvo que la resolución con un listado ampliado de 434 medicamentos esenciales, es positiva porque asegura que todas las farmacias y boticas ofrezcan medicamentos genéricos a los usuarios.
Delgado advirtió que las farmacias y boticas que incumplan la norma que establece un stock mínimo de venta de medicamentos genéricos pagarán una multa de 2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que equivale actualmente a 10,300 soles.
Sin embargo, expresó su preocupación porque esta multa “es un exceso para las boticas pequeñas”, ya que muchas de ellas facturan al mes menos de ese monto. “Nos hubiera gustado que el monto de la multa sea proporcional a la facturación de cada farmacia y botica porque, con el pago de 2 UIT, una farmacia pequeña podría hasta desaparecer“.
También le llamó la atención que la resolución ministerial haya considerado sancionar solo a los establecimientos farmacéuticos privados y no a los del Ministerio de Salud y EsSalud. Es urgente, mencionó, solucionar el problema del desabastecimiento de medicamentos genéricos en los hospitales y centros de salud públicos.
A pesar de ello, Delgado destacó la publicación de esta norma transitoria que tiene como plazo de ejecución el 31 de julio de este año en tanto se apruebe la Ley en el Congreso, como solución definitiva.
Stock a productos existentes
De acuerdo con el Ministerio de Salud, el requisito del stock mínimo se aplica únicamente a aquellos productos existentes en el inventario diario de farmacias y boticas. Por ejemplo, si una botica dispone de 70 medicamentos diferentes y, 50 de ellos están en listado ampliado, el 30% de stock mínimo solo se aplicará a esos 50. Esto significa que no es necesario tener en el stock los 434 medicamentos para cumplir con esta norma.
Fuente original: El Chino
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