Ampliación del plazo para declaración y pago del IR
Se promulga ley que extiende hasta junio el plazo para la declaración anual y pago del Impuesto a la Renta, prometiendo revitalizar la regulación fiscal y apoyar a las micro y pequeñas empresas.
El 22 de noviembre se promulgó la tan esperada ley N° 31940, extendiendo de marzo a junio el plazo para la declaración anual y pago del Impuesto a la Renta (IR) para las personas naturales y las micro y pequeñas empresas. Todo un giro a la normativa fiscal que representará un cambio significativo desde el próximo año, cuando entre en vigencia y se aplique al ejercicio fiscal 2023.
El organismo fiscalizador, la Sunat, está ahora encargada de establecer un cronograma de fechas acorde a las nuevas pautas. El objetivo es favorecer a las empresas y ciudadanos, que tendrán más tiempo para realizar las gestiones correspondientes.
Pero aún hay aspectos a definir. Pues, en adición a esta nueva regla, la Sunat también se enfrenta a la tarea de delimitar otros dos aspectos relativos a la nueva ley que han despertado el interés de especialistas tributarios, según la directora de Tax & Legal de PwC Perú, la abogada Katarzyna Dunin.
El primero de ellos responde al artículo 6 que propone "incentivos" para aquellos que se adelanten a realizar la declaración y no esperen hasta junio. El segundo concierne a los pagos a cuenta del IR que deben hacer los contribuyentes desde el inicio del año.
Para aclarar estas disposiciones, la legislación otorga a Sunat un plazo de 60 días para emitir resoluciones complementarias. Esto le permitirá establecer la forma de cálculo de los pagos y determinar los incentivos para su cumplimiento. Sin embargo, incluso con estas incógnitas aún por definir, el objetivo primordial de la norma ya está garantizado: el plazo extendido para la declaración y pago del IR aplica a partir de 2024.
Este cambio normativo promete generar una revolución en el panorama fiscal peruano, adaptándose a la realidad de muchas empresas que requerían más tiempo para cumplir con sus obligaciones tributarias sin prisa. Un signo positivo de adaptabilidad a los tiempos actuales.
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