¿Votar en blanco o nulo? Esto es lo que realmente ocurre con esos votos en la segunda vuelta presidencial
La jornada electoral por la segunda vuelta presidencial arrancó este 7 de junio y algunos ciudadanos aún no han decidido por cuál candidato votar. Entre ellos se encuentran quienes evalúan emitir un voto en blanco o nulo.
A pocas horas de la segunda vuelta electoral, persisten dudas sobre el impacto del voto blanco y nulo. Aunque algunos ciudadanos consideran que estas alternativas pueden afectar directamente a los candidatos o incluso anular los comicios, la legislación electoral establece reglas específicas sobre cómo se contabilizan estos sufragios y en qué circunstancias podrían influir en el resultado final.
El voto de protesta que genera debate en las urnas
Con más de 27 millones de ciudadanos convocados a participar en la segunda vuelta presidencial, el voto en blanco y el voto nulo han vuelto a convertirse en tema de discusión entre los electores.
Mientras algunos los consideran una forma legítima de expresar rechazo hacia las candidaturas en competencia, otros creen erróneamente que estos sufragios favorecen automáticamente a uno de los postulantes.
Especialistas en materia electoral recuerdan que el voto en blanco corresponde a la cédula que se entrega sin marcar ninguna opción, mientras que el voto nulo o viciado se produce cuando el elector realiza marcas incorrectas, escribe mensajes o altera el documento electoral. Ambos son contabilizados por las autoridades electorales, pero no se suman a ninguno de los candidatos.
En la práctica, el ganador de la segunda vuelta será quien obtenga la mayor cantidad de votos válidos, es decir, aquellos emitidos correctamente a favor de alguno de los candidatos participantes. Por ello, los votos blancos y nulos no se transfieren ni benefician directamente a ninguna de las opciones en contienda.
¿Se pueden anular las elecciones por votar en blanco o nulo?
Una de las creencias más difundidas durante este proceso electoral es que una elevada cantidad de votos blancos o nulos podría invalidar automáticamente la elección presidencial. Sin embargo, las normas electorales establecen condiciones específicas para que un proceso pueda ser declarado nulo.
El artículo 184 de la Constitución Política del Perú señala que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) solo puede declarar la nulidad de un proceso electoral cuando los votos nulos o en blanco juntos superen los dos tercios del número total de votos emitidos; es decir, tendría que representar un bloque de más del 66%.
En ese contexto, las autoridades electorales han insistido en la importancia de que los ciudadanos conozcan las consecuencias reales de cada decisión al momento de acudir a las urnas y ejerzan un voto informado.
A pocas horas de conocerse quién gobernará el país durante los próximos años, el voto en blanco y el voto nulo continúan siendo alternativas válidas para quienes desean expresar su desacuerdo con las opciones electorales.
Fuente original: Exitosa
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