Víctimas de bullying pueden recurrir al Ministerio de Justicia para recibir apoyo legal
Frente a los recientes casos de bullying en el país, la Defensa Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) detalló las consecuencias legales y administrativas de esta problemática social que afecta a niños, niñas y adolescentes en los colegios.
Frente a los recientes casos de bullying en el país, la Defensa Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) detalló las consecuencias legales y administrativas de esta problemática social que afecta a niños, niñas y adolescentes en los colegios.
En un comunicado, el Minjusdh indicó que la Ley 29719, que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas y establece cuáles son las responsabilidades de estas, sean estatales o privadas, señala que cada colegio debe tener un libro de registro de incidencias sobre violencia y acoso entre estudiantes.
Así, un padre de familia o tercera persona que identifique una situación de bullying debe reportarlo a través de este registro, que está a cargo del director de la institución educativa.
Posteriormente, según la norma, el consejo educativo de la institución, integrado por actores como el director, subdirector, un representante de los docentes y también de los padres de familia, actúa para corregir y evitar los casos bullying, además de brindar apoyo psicológico tanto para el que sufre el bullying, como para el que lo realiza.
El Minjusdh consideró que el libro de incidencias no solo permite prever estas situaciones, sino también sancionar administrativamente ante una ocurrencia. El consejo educativo tiene facultades establecidas para prevenir, evitar, sancionar y erradicar la violencia y el hostigamiento.
Por otro lado, si el bullying llega a ocasionar lesiones o incluso pone en riesgo la vida del niño, niña o adolescente, se traslada al ámbito judicial y tiene que denunciarse. La investigación, en este caso, está a cargo del Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú.
Respecto de las sanciones, si el abusador es un adolescente mayor de 14 años, tendrá que cumplir medidas socioeducativas impuestas por un juez de familia, y si es menor de 14 años, el juez de familia impone medidas de protección.
La Defensa Pública al servicio de la población más vulnerable
En cualquiera de las dos situaciones, tanto administrativa como judicial, la Defensa Pública del Minjusdh acompaña y patrocina a las víctimas del bullying, especialmente de las familias más vulnerables y en situación de pobreza.
En sede administrativa, brinda acompañamiento y orientación sobre los procedimientos a tomar, como, por ejemplo, a qué autoridad acudir para reportar los casos. Si el caso traspasa al ámbito judicial, los abogados de víctimas de la Defensa Pública brindan asistencia legal y patrocinan tanto a los agredidos como a los agresores, tutelando el derecho del menor, como interés superior del niño.
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Fuente original: Peru.com
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