Sunedu actualiza el reglamento para el reconocimiento de grados y títulos extranjeros

• La modificación busca que el trámite sea más claro, ordenado y seguro para las personas que solicitan el reconocimiento de estudios realizados fuera del país. La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) aprobó modificaciones al Reglamento del reconocimiento de grados y/o títulos otorgados en el extranjero, con el objetivo de hacer más claro […]

Fuente: Diario UNO Publicado: 3 min de lectura
Sunedu actualiza el reglamento para el reconocimiento de grados y títulos extranjeros

• La modificación busca que el trámite sea más claro, ordenado y seguro para las personas que solicitan el reconocimiento de estudios realizados fuera del país.

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) aprobó modificaciones al Reglamento del reconocimiento de grados y/o títulos otorgados en el extranjero, con el objetivo de hacer más claro y predecible este procedimiento para la ciudadanía.

La medida fue aprobada mediante Resolución del Consejo Directivo N.° 0021-2026-SUNEDU-CD y actualiza diversos aspectos del trámite, como los criterios para evaluar las solicitudes, la verificación de documentos, la corrección de información en el Registro Nacional de Grados y Títulos y las formas en que puede concluir el procedimiento.

Uno de los principales cambios precisa que la Sunedu podrá evaluar grados y títulos universitarios obtenidos en el extranjero, sin importar la denominación o nombre que reciban en el país donde fueron emitidos, siempre que provengan de universidades o instituciones de educación superior habilitadas por la autoridad competente y cumplan con los criterios establecidos en la norma.

Asimismo, se ordena la aplicación de los criterios de reconocimiento. Si existe un tratado internacional vigente para el Perú que regule el reconocimiento de estudios, grados o títulos, se aplicarán sus disposiciones. En los casos no previstos por el tratado, o cuando no exista un instrumento aplicable, la evaluación se realizará según el criterio de calidad establecido en el reglamento.

Respecto al reconocimiento por criterios de calidad, se mantiene el uso de rankings internacionales como QS World University Rankings, Academic Ranking of World Universities – ARWU, Times Higher Education y Scimago Institutions Rankings. La lista de instituciones consideradas será publicada dentro del tercer trimestre de cada año por la Dirección de Registro y Reconocimiento de Grados y Títulos e Información Universitaria de la Sunedu.

La modificación también refuerza la verificación de los documentos presentados. Para ello, se precisa que las bases de datos utilizadas deben ser fuentes oficiales, virtuales, públicas o privadas, que permitan comprobar la obtención del grado o título. Además, se establece que los correos electrónicos proporcionados por los solicitantes no serán considerados bases de datos, porque no son fuentes organizadas ni verificables.

La norma incorpora reglas para corregir o actualizar información en el Registro Nacional de Grados y Títulos. Esto permitirá atender de manera más ordenada los pedidos relacionados con errores en los datos registrados, información del diploma, datos personales o cambios sustentados en procedimientos administrativos o judiciales. Además, el procedimiento será archivado cuando el solicitante no subsane la información requerida dentro del plazo otorgado, evitando que este supuesto se confunda con una improcedencia o un desistimiento.

Con estas modificaciones, la Sunedu fortalece el procedimiento de reconocimiento de grados y títulos extranjeros, promueve el uso de información verificable y brinda reglas más claras para la evaluación de las solicitudes.

Fuente original: Diario UNO

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