Sunafil envió más de 5 mil cartas inductivas a empresas para prevenir el hostigamiento sexual laboral

 Se busca promover ambientes de trabajo seguros y libres de violencia mediante una gestión estrictamente preventiva. Con la finalidad de erradicar el hostigamiento sexual en el ámbito laboral y consolidar espacios de trabajo seguros, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) culminó el envío de 5,068 cartas inductivas dirigidas a empresas que cuentan con […] La entrada Sunafil envió más de 5 mil cartas inductivas a empresas para prevenir el hostigamiento sexual laboral se publicó primero en Diario UNO.

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Sunafil envió más de 5 mil cartas inductivas a empresas para prevenir el hostigamiento sexual laboral

 Se busca promover ambientes de trabajo seguros y libres de violencia mediante una gestión estrictamente preventiva.

Con la finalidad de erradicar el hostigamiento sexual en el ámbito laboral y consolidar espacios de trabajo seguros, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) culminó el envío de 5,068 cartas inductivas dirigidas a empresas que cuentan con 20 o más trabajadores.

Estas comunicaciones fueron enviadas a través de la casilla electrónica de la Sunafil. Las comunicaciones priorizan a empresas con estado «activo» y condición de «habido», que no habían registrado acciones inductivas previas, durante el presente año.

La distribución de las cartas inductivas se concentró en Lima Metropolitana, Arequipa, La Libertad, Cusco y Piura, abarcando las 26 regiones del país.

Plazo para los empleadores
La información que deben remitir las empresas son las políticas internas vigentes para prevenir y sancionar el hostigamiento sexual laboral: directiva, reglamento interno u otro documento similar que establezca los canales para la presentación de quejas o denuncias, el procedimiento de investigación y sanción, y sus respectivos plazos.

Asimismo, deben enviar la acreditación de las capacitaciones al inicio de la relación laboral: Constancias o documentación que certifique la capacitación, en materia de hostigamiento sexual brindada al inicio de la relación laboral, a todo el personal que haya ingresado desde enero de 2026 hasta la fecha.

La Sunafil recuerda que las empresas tienen un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación, para enviar la información solicitada.

Es importante precisar que la carta inductiva no es una medida sancionadora, sino una acción de gestión preventiva que facilita el cumplimiento voluntario de la normativa. Sin embargo, no cumplir con la obligación de capacitar en materia de hostigamiento sexual laboral a los trabajadores al inicio del vínculo laboral está tipificado como una infracción grave.

Con el objetivo de absolver consultas de manera directa, se invita a todos los empleadores, profesionales de recursos humanos y público en general, a participar en el Consultorio Legal en Vivo que se transmitirá a través del canal oficial de YouTube de la Sunafil, el próximo 8 de julio de 2026, a las 4:00 p. m. (https://youtube.com/live/IzZdhaFKsYo?feature=share).

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