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La Comisión de Protección al Consumidor N°2 del Indecopi multó a la empresa Telefónica con 79,258 soles (17.23 UIT) por reincidir en el uso indebido de los datos personales de un consumidor y llamarlo de manera agresiva, y reiterativa, a su número celular para promocionar sus servicios sin su consentimiento.

De igual modo, la Comisión multó con el mismo monto a Entel, en atención a otro usuario, quien denunció que la empresa le envió constantes mensajes de texto promocionales sin contar con su autorización, a pesar de que solicitó se abstengan de continuar con esta conducta.

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Ambas empresas infringieron el Código de Protección y Defensa del Consumidor, el cual establece que están prohibidas todas aquellas prácticas comerciales que promueven sus productos y servicios haciendo uso de los números telefónicos y direcciones electrónicas de consumidores que no han brindado su consentimiento previo.

Como se recuerda, en el 2020, la Comisión de Protección al Consumidor N°3 sancionó a la empresa Telefónica con 40 UIT por el mismo motivo. De igual modo, en el 2020, la Comisión de Protección al Consumidor N°2 sancionó a Entel con una amonestación.

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