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"Hemos aprobado un decreto legislativo en virtud del cual pretendemos mejorar el control migratorio regular, el ingreso y salida de extranjeros en el país y se implementa un procedimiento especial denominado ‘Procedimiento Administrativo Sancionador Especial Excepcional’, el PAS", expresó el presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola.

De esta manera, el jefe del Gabinete, Alberto Otárola, anunció la aprobación de un procedimiento administrativo para expulsar del país, en 48 horas, a extranjeros que se encuentren en situación migratoria irregular o cuyas actividades ilícitas pongan en riesgo a la seguridad ciudadana. Esto será posible tras la publicación del Decreto legislativo 1582, para mejorar el control migratorio, así como regular el ingreso y salida de extranjeros.

Esta modificatoria permitirá a la Policía Nacional retener por 24 horas a los extranjeros que se encuentren en condición migratoria irregular a fin de que sean sometidos a este procedimiento administrativo a cargo de la Superintendencia Nacional de Migraciones.

La Policía Nacional realizará las diligencias de investigación preliminar. En tanto, Migraciones, a través de la autoridad instructora que designe, se constituye física o virtualmente en el lugar donde se encuentra el presunto infractor para dar inicio a la audiencia única.

Migraciones tendrá otras 24 horas para determinar en esta audiencia virtual o presencial la expulsión del extranjero o, en su defecto, disponer su impedimento para ingresar a nuestro país, como lo explica el superintendente de esta institución, Armando García.

"Una es por haber ingresado de manera irregular al país, es decir, vulneró nuestra frontera e ingresó de manera irregular; y la otra es cuando este ciudadano está alterando el orden público y la seguridad ciudadana. Estos dos factores se van a ver de manera compulsiva, muy rápido, en el sentido de tratar de hacer más célere el proceso", dijo Armando García.

Esta resolución inmediatamente será derivada a la División de Extranjería de la Policía Nacional para que ejecute la expulsión correspondiente.

De requerirse actuaciones adicionales indispensables para resolver el procedimiento especial o vencido el plazo se puede encausar el mismo bajo las disposiciones establecidas para el procedimiento migratorio sancionador ordinario. En caso de que no se acredite la comisión de la infracción se dispone el archivamiento.

"Separar la paja del trigo"

Frente a este panorama, Óscar Pérez, fundador de la ONG Unión Venezolana en el Perú, reiteró su invocación a sus connacionales a regularizar su situación migratoria en nuestro país para reducir a los malos elementos venezolanos y devolverle la paz a nuestro país.

"Para arrinconar a estos pocos, pero muy ruidosos malos elementos de nacionalidad venezolana que han llegado al Perú con otras intenciones para irrumpir contra la paz y la seguridad ciudadana en el país y, obviamente, va a permitir separar la paja del trigo, saber dónde están, qué hacen", expresó Óscar Pérez.

Contra la resolución de sanción que ordena la expulsión inmediata el interesado puede interponer el recurso de reconsideración dentro del plazo de tres días hábiles contados desde la fecha de la notificación de la sanción. No obstante, la interposición de dicho recurso no suspende la ejecución de la sanción impuesta.

La Policía Nacional del Perú, la Autoridad Portuaria Nacional y la Dirección General de Aeronáutica Civil, a solicitud de Migraciones, pueden impedir el ingreso o la salida del medio de transporte en el que viajen personas que no cumplan las disposiciones de este decreto legislativo y puede retenerlos dentro del país por el tiempo establecido en la legislación nacional vigente.

El Gobierno aseguró que será respetuoso de los derechos humanos, el debido proceso para los extranjeros y respetará el derecho a la doble instancia, como lo indican los tratados internacionales a los que el Perú está adscrito.